El procedimiento para la aprobación de instrumentos de ordenación urbanística (STS 133/2023 6 de Febrero de 2023)

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La Sentencia del Tribunal Supremo de 6 de Febrero de 2023 (recurso 1337/2022) analiza si en la elaboración de los instrumentos de planeamiento urbanístico -jurisprudencialmente considerados disposiciones de carácter general- es aplicable el trámite previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).

Hechos

La Subcomisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Barcelona, mediante Acuerdo de 18 de septiembre de 2018 aprobó definitivamente la Modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General Metropolitano que regulaban los aparcamientos de Barcelona (y que había sido aprobado inicialmente por Acuerdo de la Comisión de Ecología, Urbanismo y Movilidad del Ayuntamiento de Barcelona de 17 de mayo de 2017).

Con tal normativa se pretendía la ordenación urbanística del aparcamiento en Barcelona a la evolución de la movilidad en la ciudad condal, esto es, regular y adecuar la oferta de plazas de aparcamiento en función del destino de la edificación y, a la vez, favorecer la movilidad sostenible. Y todo ello con una clara finalidad reductiva y/o adaptativa de las reservas de plazas de aparcamiento. En especial, convertía, como regla general, en máximos los estándares mínimos de plazas de aparcamiento que establecía la normativa anterior.

Por su parte la Disposición Transitoria de estas normas añadía la posibilidad de adaptar las modificaciones, convenios o compromisos anteriores que incorporen determinaciones de reservas superiores a las resultantes de las presentes Normas, a través de la correspondiente licencia de obras.

Recurso contencioso administrativo

El Gremi de Garatges de Barcelona interpuso recurso contencioso–administrativo mediante el que impugnaba el Acuerdo de la Subcomisión de Urbanismo del Ayuntamiento de Barcelona de 18 de septiembre de 2018, por el que se aprobaba definitivamente la Modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General Metropolitano que regulaban los aparcamientos de Barcelona.

La entidad recurrente fundamentaba su recurso en que se había infringido el derecho de información y participación ciudadana establecidos en el art. 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)

Además de haberse vulnerado la legalidad vigente respecto de diferentes aspectos y extremos de...

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