DECRETO 75/2007, de 24 de abril, por el que se establece el régimen de ayudas del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013 (InnoEmpresa) en Extremadura y la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2007.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 75/2007, de 24 de abril, por el que se establece el régimen de ayudas del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013 (InnoEmpresa) en Extremadura y la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2007.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Tras la finalización del Plan de Consolidación y Competitividad de las Pymes el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha puesto en marcha el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013.

Este nuevo programa de ayudas contempla medidas de apoyo y actuaciones de fomento destinadas a las pequeñas y medianas empresas españolas en el marco de una política orientada a fortalecer el tejido empresarial, incrementar la capacidad innovadora de las empresas como medio para aumentar su competitividad, contribuir al crecimiento sostenible, y como consecuencia, propiciar el empleo y la creación de riqueza, todo ello, encuadrado dentro de las directrices estratégicas comunitarias para el periodo 2007-2013.

El Programa incorpora de la experiencia adquirida con el Plan de Consolidación y Competitividad de las Pymes los aspectos que se han revelado positivos e introduce otros nuevos a fin de una mejor adecuación a las condiciones actuales de los mercados donde operan las empresas.

Nuevamente cabe destacar la importancia de que las ayudas destinadas a estimular la adopción de tecnologías y prácticas innovadoras por parte de las pequeñas y medianas empresas Pyme se canalicen, bien directamente a las empresas, bien a través de organismos cuyas prioridades y directrices dirijan a promover proyectos en las áreas de la innovación tecnológica y la prestación de servicios empresariales innovadores a las empresas, al constatarse que las ayudas otorgadas a proyectos realizados con la colaboración de organismos especializados en prestar apoyo a las pequeñas y medianas empresas (Pyme), suelen alcanzar buenos niveles de efectividad.

Por ello, el Programa InnoEmpresa contempla como beneficiarios de las subvenciones a las pequeñas y medianas empresas, con especial incidencia en aquellas que tengan vocación de crecimiento y capacidad de generar innovación, y a los organismos intermedios que presten servicios de carácter innovador con el fin de que éstos promuevan proyectos con pequeñas y medianas empresas en las distintas áreas que configuran la cadena del valor empresarial.

Las líneas de actuación se engloban en tres grupos básicos de medidas, Innovación Organizativa y Gestión Avanzada, Innovación Tecnológica y Calidad y Proyectos de innovación en colaboración, contemplándose en todas las líneas la incorporación de tecnologías avanzadas de la información y la comunicación en los procesos de gestión internos y externos de la empresa.

Todas estas actuaciones se incardinan dentro de un plan estratégico llevado a cabo a través del Plan Nacional de Reformas desarrollado por el Gobierno de la Nación, y en concreto en su eje 7, Plan de Fomento Empresarial. Además este ámbito de actuación encaja a la perfección dentro de las líneas estratégicas establecidas en el vigente Plan de Empleo e Industria 20042007, donde se establece un programa de apoyo a la competitividad empresarial por el que se pretende reforzar y consolidar el tejido empresarial extremeño a través del desarrollo de actuaciones basadas en la innovación. Complementando así el programa de impulso a la competitividad empresarial puesto en marcha por la Consejería de Economía y Trabajo, de manera que entre ambas iniciativas contribuyan de forma coordinada a consolidar y dotar de mayores niveles de competitividad al tejido empresarial extremeño.

Asimismo si bien el Real Decreto 1579/2006 desarrolla el régimen de ayudas previsto en el Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (InnoEmpresa), la gestión de los proyectos de carácter regional corresponde a las comunidades autónomas, siendo en el caso de Extremadura la Consejería de Economía y Trabajo a través de la Dirección General de Promoción Empresarial e Industrial el órgano competente para la gestión del programa dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de acuerdo con sus propias bases reguladoras.

Por otra parte la financiación del Programa se realiza a través de la asignación territorial de los fondos que se debe aprobar cada año en Conferencia Sectorial de la Pequeña y Mediana Empresa, con base en criterios objetivos consensuados en Mesa

de Directores Generales de la Pequeña y Mediana Empresa, y que se encuentra integrada por representantes de la Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa y de las comunidades autónomas.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de Economía y Trabajo y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 24 de abril de 2007,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto.
  1. Constituye el objeto del presente Decreto el establecimiento de un programa de ayudas, cuyo objetivo es el apoyo de la innovación y la competitividad de las pequeñas y medianas empresas (Pyme) mediante la realización de proyectos en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial, en el marco del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013 (InnoEmpresa), regulado por el Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre.

  2. El presente régimen de ayudas se establece de conformidad con el Reglamento (CE) n.º 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales las pequeñas y medianas empresas, modificado por Reglamento (CE) n.º 364/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004.

  3. Podrán acogerse a las ayudas previstas en este Decreto los proyectos o actuaciones incluidos en el Anexo I y que cumplan los requisitos establecidos en los artículos siguientes.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán solicitar y acogerse a las ayudas previstas en este Decreto las pequeñas y medianas empresas (Pyme), cualquiera que sea su forma jurídica incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles, que cuenten con uno o más empleados, y los organismos intermedios.

  2. Para la consideración de pequeña y mediana empresa (Pyme) se aplicará la definición que determine en cada momento la Unión Europea. En tanto no sea objeto de modificación, se estará a lo indicado en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, según la cual:

    1. La categoría de pequeña empresa está constituida por las empresas que empleen menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros.

    2. La categoría de mediana empresa está constituida por las empresas que empleen menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

    3. En ambas categorías, el cómputo de efectivos y límites en caso de empresas asociadas o vinculadas se efectuará como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del Anexo de la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE.

  3. A los efectos del presente Decreto se considerarán organismos intermedios.

    1. Las organizaciones públicas, semipúblicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de forma habitual presten servicios de apoyo a la innovación y a la modernización en sus diversas formas a las pequeñas y medianas empresas (Pyme), y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar dichos proyectos innovadores.

    2. Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de forma habitual servicios empresariales...

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