La aplicación de la prisión permanente revisable EX LO 1/2015, de 1 de julio

AutorAixa Gálvez Jiménez
CargoUniversidad de Granada. Email: aixagalvezjimenez@gmail.com
Páginas1-19
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LA APLICACIÓN DE LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE
EX LO 1/2015, DE 1 DE JULIO
Aixa Gálvez Jiménez
Universidad de Granada
Email: aixagalvezjimenez@gmail.com
RESUMEN: La introducción de la prisión permanente revisable en el Código Penal
con la LO 1/2015, de 1 de julio, ha generado un debate social que recoge
posicionamientos que son cada vez más distantes. A pesar de que solo han pasado tres
años desde que entrase en vigor esta pena, su continuidad en el Código Penal se
encuentra en un momento crítico. Las dudas acerca de la necesidad y constitucionalidad
de la pena, y más en particular, su complicada aplicación –en especial en lo que se
refiere a la revisión– hacen que haya sido objeto de todo tipo de críticas y reacciones.
Con el objetivo de poder aportar una argumentación fundada sobre la pena de prisión
revisable creemos esencial conocer su régimen jurídico, ya que de esta manera podrá
valorarse si, de una forma u otra, se ajusta a Derecho.
PALABRAS CLAVE: pena, prisión permanente revisable, reforma, revisión,
reinserción social.
ABSTRACT: The introduction of the reviewable permanent prison in the Penal Code
with LO 1/2015, 1st of July, has generated a social debate that gathers positions which are
increasingly distant. Although only three years have passed since this punishment came
into force, its continuity in the Criminal Code is at a critical moment. Doubts about the
necessity and constitutionality of the punishment, and particularly, its complicated
application - especially in regard to the review - make it the subject of all kinds of
criticism and reactions. With the aim of being able to provide an argument based on the
reviewable permanent prison, we believe it is essential to know its legal regime, since in
this way it can be assessed if, in one way or another, it conforms to Law.
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KEYWORDS: sentence, reviewable permanent prison, reform, revision, social
reintegration.
SUMARIO: I. Introducción. II. Inclusión de la pena en el código penal. Críticas. III. Delitos castigados con pena
de prisión permanente revisable. IV. Régimen de aplicación de la pena. 4.1. Acceso al tercer grado. 4.2. Permisos
de salida. 4.3. Supensión de la ejecución de la pena: la libertad condicional. 4.5. Remisión de la pena.
V. Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
Con la entrada en vigor de la LO 1/2015, de 1 de julio, de 30 de marzo, han sido
muchas las modificaciones que han operado en el Código Penal, sin embargo, una de las
más relevantes ha sido la introducción de la pena de prisión permanente revisable.
El avance que han experimentado en los últimos años los medios de
comunicación y las redes sociales nos ha hecho muy participes de crímenes atroces. El
seguimiento instantáneo de casos como la desaparición de Gabriel y finalmente el
hallazgo de su cuerpo en el maletero del coche de la pareja de su padre, o el atentado
yihadista acaecido el pasado verano de 2017 en las Ramblas de Barcelona que culminó
con la abatida por parte de la policía en Subirats del autor del atropello tras días de
búsqueda, han provocado que la sociedad empatice más con el sufrimiento y dolor de
las víctimas, y además aumente su sensación de inseguridad debido a la violencia que
suele caracterizar este tipo de hechos. Todo ello, ha llevado a que la población se
manifieste demandando una mayor actuación de la intervención penal. En esta
situación, el legislador no ha obviado la opinión de la mayor parte de los ciudadanos y
así lo ha dejado plasmado en el propio Preámbulo (I) de la LO 1/2015, en el que ha
manifestado que “la necesidad de fortalecer la confianza en la Administración de
Justicia hace preciso poner a su disposición un sistema legal que garantice resoluciones
judiciales previsibles que, además, sean percibidas en la sociedad como justas”, y con
este objetivo “se introduce la prisión permanente revisable para aquellos delitos de
extrema gravedad, en los que los ciudadanos demandaban una pena proporcional al
hecho cometido”. En general, la ciudadanía ha visto plasmado en los textos normativos
una necesidad social que venía reclamando durante años, en concreto la de endurecer las
penas que castigan los crímenes más graves.

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