Normas aplicables en la adjudicación de contratos subvencionados (art. 193 TRLCSP)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas, ICADE
Páginas148-148
148
NORMAS APLICABLES POR OTROS ENTES, ORGANISMOS Y ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO
Principios y directriz
de la adjudicación
Deberán ajustarse, en la adjudicación de los contratos, a los principios de publicidad, concurrencia,
transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación.
La adjudicación deberá efectuarse de forma que recaiga en la oferta económicamente más ventajosa.
Instrucciones internas en
materia de contratación
aprobadas por estas entidades
En ellas se dispondrá lo necesario para asegurar la efectividad de los principios anteriores.
Estas instrucciones deben ponerse a disposición de todos los interesados en participar en los
procedimientos de adjudicación de contratos regulados por ellas, y publicarse en el perfil de
contratante de la entidad.
En el ámbito del sector público es
tatal, deberán ser informadas antes de su aprobación por el órgano
al que corresponda el asesoramiento jurídico de la correspondiente entidad.
NORMAS APLICABLES EN LA ADJUDICACIÓN DE CONTRATOS SUBVENCIONADOS
Aplicación de las normas establecidas en el art. 190 (adjudicación d e contratos SARA
por parte de poderes adjudicadores
que no tengan carácter de Administraciones Públicas).

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