La Audiencia Provincial de Badajoz aplica por primera vez la cláusula rebus para rebajar el precio del alquiler en pandemia

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La Audiencia Provincial de Badajoz ha aplicado en esta sentencia por primera vez la cláusula ‘rebus sic stantibuis’ en el contrato de arrendamiento, con la que se reduce la renta en el periodo donde obligatoriamente se cerraron los comercios no esenciales. Esta cláusula se utiliza para afirmar que una norma será aplicable siempre que se mantengan las circunstancias para la situación que se dictó.

Se explica que la concursada “Barrasa Inversiones, SL” es arrendataria de un local en Don Benito (Badajoz), local que es propiedad de “Confecciones Montosa, SL”. La primera sociedad demandó a la segunda pidiendo, por un lado, la subsistencia del arrendamiento por tácita reconducción y, por otro, que se modifique la renta por razón de la cláusula rebus sic stantibus (cláusula rebus). Sin embargo, el Juzgado de lo Mercantil desestimó la demanda.

No obstante, el tribunal estima en parte el recurso de apelación interpuesto por Barrasa Inversiones SL contra la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz de 29 de noviembre de 2020, dictada en el incidente del concurso abreviado 195/2019, que desestimó su demanda contra Confecciones Montosa SL y, en consecuencia, revoca en parte dicha resolución.

Finalmente, la Audiencia Provincial declara que respecto del contrato de arrendamiento en litigio y por aplicación de la cláusula ‘rebus’ durante los 79 días que fueron del 14 de marzo hasta el 21 de mayo de 2020 la renta a pagar por Barrasa Inversiones, SL a favor de Confecciones Montosa SL quedó reducida a la mitad.

Además, se confirma la desestimación de la demanda en todo lo demás, no se imponen las costas en ambas instancias y ordenan la devolución del depósito constituido para recurrir.

La sentencia está firmada por los magistrados Luis Romualdo Hernández Díaz-Ambrona (presidente y ponente), Fernando Paumard Collado y Juan Manuel Cabrera López.

Contra esta resolución solo cabe recurso extraordinario de casación por infracción procesal y de casación.

Consulta la sentencia

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