SAP La Rioja 4/2007, 12 de Enero de 2007
Ponente | LUIS MIGUEL RODRIGUEZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:APLO:2007:21 |
Número de Recurso | 333/2006 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 4/2007 |
Fecha de Resolución | 12 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - La Rioja, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
VALLADOLID
SENTENCIA: 00004/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
Sección 002
Rollo : 0000778 /2006
Órgano Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 5 de VALLADOLID
Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS nº 0000464 /2006
SENTENCIA Nº 4/07
En VALLADOLID, a 12 de enero de dos mil siete.
El Iltmo. Sr. D. FERNANDO PIZARRO GARCIA, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valladolid, ha visto en grado de apelación, sin celebración de vista pública, el presente procedimiento penal del Juicio de Faltas expresado, seguido contra Elsa, siendo partes en esta instancia, como apelantes, Araceli y el Ministerio Fiscal y, como apelada, la expresada Elsa.
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El Juez de Instrucción nº5 de Valladolid, con fecha 23 de octubre de 2006dictó sentencia en el Juicio de Faltas de que dimana este recurso, en la que se declararon como hechos probados los siguientes:
El día 20 de octubre de 2006 Araceli presento denuncia contra la madre de su excompañero sentimental Elsa, alegando que el citado dia la Denunciada le había llamado por teléfono y le habia insultado y amenazado. Asimismo denunció que quince días antes cuando se encontraba en las proximidades de APROME, en Valladolid, la Denunciada le insultó. Por último igualmente denunció que el día 9 de agosto de 2006, cuando se encontraba en la sede de este Juzgado la Denunciada le había insultado. Hechos que no resultaron probados.
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La expresada sentencia en su parte dispositiva dice así:
Absuelvo a Elsa de la falta que se le venía imputando, con declaración de oficio de las costas. Notifíquese esta sentencia al M. Fiscal y partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación.
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Notificada mencionada sentencia, contra la misma se formalizó recurso de apelación por Araceli, que fue admitido en ambos efectos, y practicados los trámites oportunos, fueron elevadas las actuaciones a este Tribunal, donde se registraron, se formó el rollo de Sala y se turnaron de ponencia.
No habiéndose propuesto diligencias probatorias y al estimarse innecesaria la celebración de la vista para la correcta formación de una convicción fundada, quedaron los autos vistos para sentencia.
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Como fundamentos de impugnación de la sentencia se alegaron sustancialmente los siguientes:
- Error en la apreciación de las pruebas.
Se aceptan, en lo sustancial, los hechos que se declaran probados en la sentencia de instancia
Visto el motivo en el que se sustente el recurso (error en la valoración de la prueba), antes de entra en el análisis de las alegaciones que lo integran parece...
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