STSJ Comunidad de Madrid 76/2006, 17 de Enero de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOS
ECLIES:TSJM:2006:3981
Número de Recurso994/2005
Número de Resolución76/2006
Fecha de Resolución17 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

JUAN FRANCISCO LOPEZ DE HONTANAR SANCHEZELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTIMIGUEL ANGEL GARCIA ALONSOFRANCISCO JAVIER CANABAL CONEJOSSANDRA MARIA GONZALEZ DE LARA MINGOMARCIAL VIÑOLY PALOP

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.2

MADRID

SENTENCIA: 00076/2006

Recurso de apelación 994/05

SENTENCIA NUMERO 76

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION SEGUNDA

Ilustrísimos señores:

Presidente.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez

Magistrados:

Dª. Elvira Adoración Rodríguez Martí

D. Miguel Ángel García Alonso

D. Francisco Javier Canabal Conejos.

Dª. Sandra María González de Lara Mingo

D. Marcial Viñoly Palop

En la Villa de Madrid, a diecisiete de enero de dos mil seis.

Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso de apelación número 994/05, interpuesto por la mercantil H.C. GUDALVIR CONSTRUCCIONES SA, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Carmen García Rubio, contra el Auto de 17 de junio de 2.005 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 17 de Madrid , en procedimiento ordinario nº 61/05 sobre medidas cautelares. Siendo parte el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra, representada por la Procuradora de los Tribunales doña María Aránzazu López Orejas; y, don Jose Antonio, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María de las Mercedes del Portillo Rubí.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 17 de junio de 2.005 se dictó Auto por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 17 de los de Madrid, en sus autos de Procedimiento ordinario nº 61/05 , por la que se dispuso " no ha lugar a la suspensión del acto recurrido en este procedimiento. No se hace expresa condena en costas".

SEGUNDO

Por escrito fecha 15 de julio de 2005, la representación de la mercantil H.C. GUDALVIR CONSTRUCCIONES SA, interpuso recurso de apelación contra dicha resolución. Suplicando su admisión y estimación.

TERCERO

Admitido a trámite el recurso, se dio traslado del mismo a la representación del el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra y a la de don Jose Antonio para alegaciones que evacuaron en plazo.

CUARTO

Admitido a trámite se acordó elevar las actuaciones a este Tribunal, correspondiendo su conocimiento a esta sección segunda, siendo designado Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Dº Francisco Javier Canabal Conejos, señalándose el día 17 de enero de 2006, para la deliberación votación y Fallo del recurso de apelación, en que tuvo lugar.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones de los arts. 80.3 y 85 de la Ley Jurisdiccional 29/98 .

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación se ha interpuesto contra el Auto de 17 de junio de 2.005 dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo núm. 17 de los de Madrid , en sus autos de Procedimiento ordinario nº 61/05, por la que se dispuso " no ha lugar a la suspensión del acto recurrido en este procedimiento. No se hace expresa condena en costas".

La resolución recurrida era la de 28 de marzo de 2005 por la que se ordena la ejecución subsidiaria de las obras necesarias para mantener la legalidad urbanística, obras que consisten en la demolición de muro de contención colocado junto a pared medianera.

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