SAP Santa Cruz de Tenerife 177/2007, 23 de Mayo de 2007

PonenteEMILIO FERNANDO SUAREZ DIAZ
ECLIES:APTF:2007:1060
Número de Recurso134/2007
Número de Resolución177/2007
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 177.

Rollo n.º 134 / 07.

Autos n.º 47 / 04.

Juzgado de 1ª Instancia n.º CINCO de Arona.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

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En Santa Cruz de Tenerife, a veintitrés de mayo de dos mil siete.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º cinco de Arona, en los autos n.º 47/04, seguidos por los trámites del juicio ordinario y promovidos, como demandante, por DON Oscar, que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Doña Roció García Romero y dirigido por el Letrado Don José Miguel Velázquez Perelló, contra la entidad BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A., que ha comparecido ante este Tribunal representada por la Procuradora Doña María Eugenia Beltrán Gutiérrez y dirigida por el Letrado Don Bernardo Cabrera Guimerá; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Emilio Fernando Suárez Díaz, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Ilma. Sra. Juez Dª. María Jesús García Sánchez dictó sentencia el nueve de noviembre de dos mil cinco cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada a instancia de D. Oscar, representado por el Procurador D. Javier Hernández Berrocal, y asistido por el Letrado D. José Miguel Velásquez Perelló, contra la entidad financiera BANCO DE SANTANDER CENTRAL HISPANO S.A., representada por el Procurador D. Manuel Ángel Álvarez Hernández y bajo la asistencia letrada de D. Bernardo Cabrera Guimerá, sobre declaración de ineficacia de contrato de financiación y acción de reclamación de cantidad, DEBO DECLARAR Y DECLARO la ineficacia del contrato de financiación suscrito entre el actor y la demandada, debiendo en consecuencia, restituir la demandada la totalidad de las cantidades abonadas por el actor en virtud de dicho contrato, con sus intereses legales correspondientes y sin condena en costas.».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de veintisiete de marzo pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente y señalar para la votación y fallo del presente recurso el día dieciséis de mayo del año en curso, en el que ha tenido lugar la reunión del Tribunal al efecto.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La parte actora sostiene que para la adquisición de un vehículo suscribió con la demandada un contrato de financiación, y como quiera que el vehículo no le fue entregado, solicita la declaración de ineficacia del contrato de...

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