Anulación de las Normas Urbanísticas Regionales por falta de información pública del Informe de Evaluación Ambiental. (Cantabria)

AutorAntonio Ramos Medrano, Jose - Ramos Díez, Francisco Javier
Cargo del AutorLicenciado en Ciencias Ambientales
Páginas119-121

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ASUNTO: Anulación de las Normas Urbanísticas Regionales por falta de información pública del Informe de Evaluación Ambiental. (Cantabria)

SENTENCIA: STSJ de Cantabria de 17 de enero de 2008

RECURRENTES: Ayuntamientos de Anievas, Cabezón de Liébana, Lien-do, Miera, Pénagos, Pesquera, Rasines, Rionansa, Udías y Valdáliga

El TSJ de Cantabria anula las Normas Urbanísticas Regionales aprobadas por el Gobierno de Cantabria con fecha 25 de mayo de 2006, por falta de información pública del informe de impacto ambiental, a pesar de que «la Sala lamenta tener que adoptar tan drástica solución frente a una Administración que ha dado muestras sobradas de receptividad a la normativa comunitaria ambiental, y declarar la nulidad de las Normas Urbanísticas Regionales por un motivo en apariencia formal, pero que la legislación de forma progresiva, al igual que la jurisprudencia, le ha otorgado el carácter de esencial, imponiéndolo como trámite preceptivo en virtud de una normativa aprobada al final de su tramitación, pero aplicable ratione temporis, y que siquiera invocada por los Ayuntamientos recurrentes»1.

Lo más llamativo de este caso es que se había emitido el informe de impacto ambiental durante la elaboración de estas normas urbanísticas, en las que había intervenido intensamente la universidad de Cantabria y el documento elaborado contaba con el apoyo de entidades ecologistas, pero fueron una serie de ayuntamientos los que impugnaron este documento que venía a limitar y condicionar la potestad de planeamiento municipal en determinados aspectos, dada importancia del rango normativo de las normas regionales.

Las NUR2fijan unas pautas normativas en lo referente al uso del suelo y la edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Marcan criterios de clasificación y actuación en terreno rústico y urbano, regulan usos en el suelo rústico, establecen parámetros edificación y orientan la inter-vención urbanística. En especial, fijan tipologías constructivas, volúmenes, alturas, plantas, ocupaciones, medianerías, distancias, revestidos, materiales,

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vegetación y demás circunstancias urbanísticas de diseño. Asimismo incorporan medidas de conservación de recursos naturales, el medio ambiente y el patrimonio cultural. Su eficacia varía dependiendo de la existencia o no de planeamiento urbanístico municipal, siendo determinaciones complementarias al plan en caso de existir, y en los 29 municipios que no disponen de plan...

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