Sentencia de 31 de marzo de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula el párrafo primero del artículo 3.3 del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regulan la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Mayo de 2008
MarginalBOE-A-2008-8469
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

En el recurso contencioso administrativo n.º 71/2006, interpuesto por la representación procesal de la Federación Sindical de Administraciones Públicas y Comisiones Obreras, la Sala Tercera (Sección Sexta) ha dictado sentencia, en fecha 31 de marzo de 2008, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

Que debemos estimar y estimamos en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la Federación Sindical de Administraciones Públicas y Comisiones Obreras contra el Real Decreto 1206/06 que anulamos en su artículo 3.3 párrafo primero. Sin costas. Publíquese en el BOE el presente fallo y los preceptos anulados a los efectos del artículo 72.2 de la Ley 29/98.

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

El precepto anulado artículo 3.3 párrafo primero del Real Decreto 1206/06 dice así:

El Presidente de la Asamblea será nombrado y removido por Real Decreto, acordado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Justicia, previa iniciativa del Consejo General del Poder Judicial, que presentará al Ministro de Justicia una terna de candidatos a este fin, de entre funcionarios...

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