Anteproyecto de Ley de garantía de la Unidad de Mercado

AutorClara Lombao
Páginas34-35

Page 34

El artículo 139 de la Constitución Española impide adoptar medidas que di recta o indirectamente obstaculicen la libertad de circulación y establecimiento de las personas y la libre circulación de bienes en todo el territorio.

Sin embargo, mientras que a nivel europeo el proceso de construcción de un mercado interior se ha desarrollado durante los últimos veinte años, en España siguen existiendo importantes trabas administrativas impuestas por las diferentes regulaciones autonómicas para que las empresas puedan comercializar sus productos y servicios en todo el territorio español.

Efectivamente, a día de hoy existen casos en los que las empresas tienen que adaptar la presentación de sus bienes y servicios en función de la Comunidad Autónoma de destino. Ello se traduce en un elevado coste para las empresas.

Con la intención de atajar todos esos problemas, y teniendo muy en cuenta la experiencia recabada durante el proceso de transposición de la "Directiva de Servicios"7, el 25 de enero el Consejo de Ministros ha dado luz verde al Anteproyecto de Ley de Garantía de Unidad de Mercado dirigido a asegurar la libre circulación de bienes y servicios por todo el territorio nacional. Lo que se pretende, en definitiva, es crear un entorno mucho más favorable para la competencia y la inversión.

Licencia única y principios de garantía de la libertad de establecimiento y la libertad de circulación

Articulado a través de una serie de principios que deben regir la actuación de las diferentes administraciones involucradas, lo que se persigue es eliminar todas las barreras que puedan existir a la libertad de circulación y la libertad de establecimiento dentro del territorio español. Pues bien, se consagra fundamentalmente el principio ya asentado a nivel europeo por la sentencia Cassis de Dijon8 de reconocimiento de las decisiones tomadas por la autoridad competente de origen. Es decir, se establece el ‘principio de licencia única’: cualquier producto o servicio producido conforme a cualquier normativa autonómica puede ser ofertado en todo el país sin necesidad de ningún trámite adicional.

Así, para poder beneficiarse de la libertad de circulación de bienes, al producto le bastará con adaptarse a la normativa la Comunidad Autónoma de origen...

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