Antecedentes históricos de los secretarios municipales: los escribanos públicos como depositarios de la fe pública
Autor | Rafael Jesús Vera Torrecillas |
Cargo del Autor | Doctor en Derecho |
Páginas | 23-53 |
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ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LOS SECRETARIOS MUNICIPALES:
LOS ESCRIBANOS COMO DEPOSITARIOS DE LA FE PÚBLICA
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nómico y jurídico de la Edad Media, evidenciándose ya a mediados del mis-
mo un proceso de transformaciones sociales e institucionales en la Península
ibérica, que afectan tanto al reino de Castilla como a los reinos de la Corona
aragonesa. Estas transformaciones de carácter estructural y que afectan a las
instituciones jurídico-políticas de las monarquías peninsulares vienen de la
mano de Jaime I y Alfonso X, y se enmarcan en un proceso de consolidación
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sular, sino que se encuadra en un proceso prácticamente global que forma
parte, en palabras de Chistopher Wilckan, de la reconstrucción política de
Europa1.
En este contexto se inserta claramente el reinado de Alfonso X, quien em-
prendió una agresiva política de fortalecimiento de poder real, que le granjeó
la oposición de la nobleza de la época y de no pocas villas y ciudades. En este
sentido, hay que tener presente que ya desde un siglo antes al reinado de
Alfonso X se observa en toda Europa Occidental un inusitado interés por el
estudio del Derecho romano, fundamentalmente del Derecho romano que el
emperador Justiniano compiló en la década de 530. Este Derecho comenzaría
a considerarse de interés, iniciándose un proceso de puesta al día los sistemas
legales de carácter autóctono, en los que se puede observar la presencia de un
fuerte componente de Derecho romano, junto con otro de carácter germáni-
En el caso castellano este proceso coincide con el reinado de Alfonso X y se
observa claramente en su obra legislativa2. Y en este contexto se plantea la
1 WICKHAM, C., Europa en la Edad Media. Una nueva interpretación, Barcelona,
Crítica, 2017, pp. 224 ss.
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lativa alfonsina y puesto que en ella ocupan las Siete Partidas”, Anuario de Historia del
Derecho Español-
RAFAEL JESÚS VERA TORRECILLAS
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tituciones que rigen el gobierno del reino y de mejorar, desde una perspectiva
centralista, el funcionamiento de las prácticas gubernamentales. La idea de
gubernativas del rey y la preocupación de que las mismas sean debidamente
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legal de los documentos públicos, estableciendo requisitos formales para su
expedición que garantizasen la debida autenticidad de su contenido. Estas
medidas, por otro lado, en ocasiones entran en colisión con el derecho local
de algunas villas y ciudades, así como con algunas instituciones propias del
modelo señorial, lo que supondría la fuerte resistencia de estos estamentos
frente a las pretensiones centralizadoras de Alfonso X.
Mediante la mirada al pasado clásico, el Derecho romano ofrecería a mo-
narcas como Alfonso X, en el caso castellano, toda una serie de herramientas
jurídicas que les permitiría transformar las estructuras de gobierno sobre la
idea de los dos únicos poderes universales reconocidos en la Edad Media, el
papa y el emperador; es decir, las dos espadas puestas por Dios en la tierra
para proteger a la Cristiandad, la espiritual reconocida al papa, y la temporal
impuesta al emperador, o las dos soberanías que el propio Alfonso X reco-
nocía en las Partidas (rex in regno suo est imperator). Alfonso X intentará
de esta forma cohesionar su reino bajo el poder del propio monarca, contan-
que en Castilla el rey siempre había tenido una posición hegemónica respeto
del resto de poderes del reino, aunque sobre un conjunto de jurisdicciones
urbanas y de señoríos, de muy diversa tipología (reales, monásticos, laicos,
diocesanos, etc..). Y en este contexto no era de extrañar de se produjera la
contraposición de los derechos locales y señoriales a la autoridad regia.
Junto a estos, hay un tercer elemento que consideramos clave para la crea-
que acabo de mencionar (centralización y recepción del Derecho romano).
corpus-
canónico en esta materia es, a mi entender, decisiva, ya que la Iglesia había
nes”, Anuario de Historia del Derecho Español
“La obra legislativa de Alfonso X, hechos e hipótesis”, Anuario de Historia del Derecho
Español, 50 (1980).
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