Anotación caducada. No permite cancelar cargas posteriores.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Se reitera la abundantísima doctrina según la cual caducada una anotación no es posible obtener el trasvase de prioridad en detrimento de las cargas posteriores, y procede denegar el despacho del mandamiento en que dicha cancelación se pretenda. El art 175 RH prevé la posibilidad de cancelación, como consecuencia de la ejecución del embargo trabado, si bien dicha virtualidad cancelatoria sólo surte sus efectos mientras dicha anotación conste vigente. Y debe estarse a la fecha de la presentación de los documentos en el Registro, de modo que, aunque a la fecha de adjudicación estuviese vigente la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR