Anexo IV: el consejo general del poder judicial

AutorMaría José García Blanco
Páginas263-265

Page 263

En relación con ejercicios anteriores, el Consejo inició, en julio de 2010, una política de contención del gasto y una reducción de sus presupuestos para 2011 en coherencia con el citado Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo.

Posteriormente, el 28 de junio de 2012 el Pleno aprobó el Acuerdo de actualización del régimen de control de gestión y transparencia del CGPJ. Introduce una serie de criterios de austeridad que condicionan tanto la propuesta de dotación presupuestaria correspondiente a este órgano constitucional como su ejecución en cada ejercicio presupuestario, y que se aplicaron a partir del presupuesto del 2012. Entre dichos criterios se encuentran los siguientes:

“1.- Establecer, con carácter general, la no disponibilidad del 5% del presupuesto aprobado para el Consejo en 2012 en Vocalías, Comisiones y Órganos Técnicos del Consejo salvo las partidas de gastos de protocolo y de representación del Consejo, que lo harán en un 20%. Se excepcionan de las partidas mencionadas las incluidas en su capítulo 1, gastos de personal.

  1. - Limitar y progresivamente reducir el personal al servicio del propio Consejo en todos sus niveles con la finalidad de acomodar la dimensión del personal a las exigencias de contención de gasto establecidas con carácter general en el sector público y salvaguardando el principio de eficacia al que se ajustan constitucionalmente las AAPP. (..)

  2. - Sustituir progresivamente los encuentros y actividades de formación o de colaboración que se desarrollen en otros países, fomentándose la utilización de los medios tecnológicos, mediante fórmulas de intervención a distancia.

4- Minorar las actividades formativas presenciales, incluidas, las derivadas por los cambios de orden jurisdiccional fomentándose la utilización de los medios tecnológicos, mediante fórmulas de intervención a distancia.

Mantener el régimen de que los desplazamientos en avión se acojan a la tarifa más económica (turista), pudiéndose utilizar la clase superior a la turista exclusivamente en viajes de más de tres horas de duración. Los desplazamientos en AVE, se harán en tarifa turista. Las actividades se planificarán con tiempo suficiente para que puedan conseguirse, en cualquier caso, las tarifas más económicas posibles.

5- Revisar y unificar, en los próximos tres meses, todos los convenios de formación y colaboración suscritos por el Consejo con organismos y entidades ajenas.

6- Reforzar los sistemas de contratación pública del Consejo...

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