Cuenca Anaya, F.; Rodríguez Adrados, A.; Mezquita del Cacho, J. L.; Lanzas Galvache, J., y Font Boix, V.: La Seguridad jurídica y el Notariado. Academia Sevillana del Notariado. Editorial Revista de Derecho Privado, 1986

AutorJosé María Chico y Ortiz
Páginas1288-1289

    CUENCA ANAYA, F.; RODRÍCUEZ ADRADOS, A.; MEZQUITA DEL CACHO, J. L.; LANZAS GALVACHE, J., Y FONT BOIX, V.: La Seguridad jurídica y el Notariado. Academia Sevillana del Notariado. Editorial Revista de Derecho Privado, 1986.

Lo mismo que sucede con el empleo de las palabras, las modas y las costumbres, se traslada inevitablemente a los conceptos jurídicos y a su desarrollo. Yo recuerdo que la parte más huérfana de estudios en la época en que comenzamos a preparar oposiciones era la de sucesiones, y también recuerdo el gran esfuerzo de la doctrina -tanto notarial como registral- en aportar esfuerzos para que aquella zona del Derecho civil estuviera igualitariamente representada que las demás. Gracias a aquel esfuerzo hoy es difícil no poder resolver un problema sucesorio por muy complicado que se presente.

Esto empieza a suceder con el concepto y proyección del principio de la «seguridad jurídica». El concepto era conocido, su doble proyección a través de Eremberg también lo era (seguridad del Derecho, seguridad del tráfico), su aplicación a los diversos órdenes de la vida también lo era, pero faltaba esa bibliografía que con cierta insistencia se está aportando desde diversos puntos de las esferas del Derecho. Antes, mucho antes de la Constitución española vigente, hubo algunos artículos y comentarios, pero fue la publicación y aprobación de ésta la que hizo que los primeros comentaristas se lanzasen sobre el concepto. La verdad es que aquello fue doloroso: leer ahora, con calma, lo que escribieron, por ejemplo, Oscar Alzaga, Alvarez Carballo o Ramón Tamames, asombra y entristece. Luego ya han comenzado los estudios serios que enlazan con los que en su día aportaron los filósofos del Derecho o los llamados especialistas en Derecho constitucional. El hueco lo noté cuando hice unos punteamientos del tema allá en América y luego desarrollé un avance de conceptos en la revista La Ley, en competición para optar a un premio que no se me concedió.

No me extraña, por tanto, que ahora, desde el campo notarial (en el cual ya hubo ciertos artículos que se habían preocupado del tema, lo mismo que en el registral, en donde el tema fue objeto de una ponencia en Congresos internacionales) se comience a suministrar trabajos que engrandezcan los estudios sobre la materia. El libro que traemos hoy a recensión es una muestra de ello, pues en él, aparte de la aportación de nuestro compañero Lanzas Galvache, todos los demás son Notarios. Entiendo que todo...

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