Analogía y fraude de ley en aportaciones no dinerarias (comentario a la STS 3677/2021, de 1 de octubre de 2021)

AutorMaría Eugenia Simón-Yarza
CargoProfesora de Derecho Financiero y Tributario Universidad de Navarra
Páginas199-210
Nueva Fiscalidad 199
Jurisprudencia y doctrina administrativa.
Comentarios
Analogía y fraude de ley
en aportaciones no dinerarias
(comentario a la STS 3677/2021,
de 1 de octubre de 2021)
María Eugenia Simón-Yarza
Profesora de Derecho Financiero y Tributario
Universidad de Navarra
RESUMEN:
El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la aplicación del régimen especial de reestructuración
empresarial del TRLIS a las plusvalías derivadas de aportaciones no dinerarias de bienes
junto con deudas. El fallo se basa en la integración analógica del precepto relativo a las
aportaciones no dinerarias (art. 94 TRLIS) con el que regula las aportaciones de rama de
actividad (art. 83 TRLIS), a pesar de haber afirmado que no procede dicha analogía. Descarta
el riesgo de fraude de ley sugerido por la Administración y por la Audiencia Nacional y,
sobre la base de la admisión de los motivos económicos válidos de la operación por las
partes, admite el derecho al diferimiento del gravamen sobre toda la plusvalía, incluso la
que corresponde al valor del bien compensado con deudas. Nuestro comentario se centra
en demostrar la improcedencia del recurso a la analogía para resolver el caso planteado, así
como la posibilidad de incurrir en un fraude de ley instrumentado a través de una aportación
no dineraria de bienes y deudas. Una adecuada calificación de los hechos hace, a mi juicio,
innecesaria la integración analógica del art. 94 y elimina el riesgo del uso fraudulento de la
aportación no dineraria. Considero que la plusvalía que corresponde a la parte del valor del
bien compensado con deudas está sometida al IS y que, además, la sociedad adquirente
debe tributar por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
Palabras clave: ¿Impuesto sobre Sociedades, reestructuración empresarial, aportación
no dineraria, aportación de deuda, aportación de rama de actividad,
integración, fraude de ley.
ABSTRACT:
Spanish Supreme Court decides on the application of special business restructuring
regime regulated by the Consolidated Tax Corporate Law (2004) to capital gains from

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