Análisis de los remedios de la Directiva (UE) 2019/771, de 20 de mayo de 2019

AutorGuillem Izquierdo Grau
CargoDoctor en Derecho. Universidad Autónoma de Barcelona. Departamento de Derecho privado
Páginas1591-1645
Revista Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 779, págs. 1591 a 1645 1591
Análisis de los remedios
de 20 de mayo de 2019
Legal review of the remedies
of the Directive (EU) 2019/771
of 20 May 2019
por
GUILLEM IZQUIERDO GRAU
Doctor en Derecho
Universidad Autónoma de Barcelona. Departamento de Derecho privado
RESUMEN: La Unión Europea adoptó la Directiva (UE) 2019/771
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativa a
determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes (DCCB),
por la que se deroga la Directiva 1999/44/CE, del Parlamento Europeo y del
Consejo de 25 de mayo de 1999, sobre determinados aspectos de la venta
y las garantías de los bienes de consumo.
La DCCB incorpora el principio de armonización máxima y, en una
línea continuista con la Directiva 1999/44/CE, instaura una jerarquía de
remedios para subsanar la falta de conformidad. Sin embargo, a pesar de
que la DCCB está pensando en las compraventas de bienes transfronterizas
con consumidores, no dedica reglas específicas para supuestos que en las
compraventas a distancia pueden ser una fuente de litigios: el lugar donde
el consumidor debe poner los bienes a disposición del vendedor, una even-
tual distribución de los gastos de recogida del bien defectuoso cuando este
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se encuentre lejos del establecimiento del vendedor o las consecuencias del
retraso del vendedor en la puesta en conformidad del bien defectuoso.
ABSTRACT: The European Union adopted the Directive (EU) 2019/771
of the European Parliament and of the Council, of 20 May 2019, on certain
aspects concerning contracts for the sale of goods (CSD), which repeals the
Directive 1999/44/EC of the European parliament and of the Council, of 25
may 1999, on certain aspects of the sale of consumer goods and associated
guarantees.
The CSD comprises the full harmonisation and, following the principles
of the Directive 1999/44/EC, it lays down a hierarchy of remedies to cure the
lack of conformity. Nonetheless, despite the fact that the CSD is focused on
the distance sales, it does not provide rules for controversial cases: the place
where the consumer must make goods available to the seller, the distribution
of the shipping costs into the parties where the faulty good is far away from
the seller’s business place and the consequences for delays in fulfilling the
seller’s obligation to perform the remedies.
PALABRAS CLAVE: Directiva 2019/771. Compraventa de bienes. Falta
de conformidad. Jerarquía de remedios. Armonización máxima. Estrategia
para el mercado único digital. Compraventas a distancia. Compraventas de
consumo. Culpa del consumidor. Mitigación del daño. Agravación del daño.
KEY WORDS: Directive 2019/771. Directive sales of goods. Lack of
conformity. Hierarchy of remedies. Full harmonization. Digital Single Market
Strategy. Distance sales. Consumer sales. Consumer’s fault. Mitigation of
harm. Further damage.
SUMARIO: I. Introducción.—II. la jErarquía dE rEmE-
dios: 2.1. El primEr nivEl dE rEmEdios: la rEparación Y la sustitución
dEl biEn: 2.1.1. Los presupuestos de la reparación y la sustitución del bien
no conforme. 2.1.2. La forma de llevar a cabo la reparación y la sustitución:
A) La gratuidad de los remedios del primer nivel. B) Algunas reflexiones
sobre el plazo razonable de los remedios. C) El lugar de cumplimiento de
la obligación del consumidor de poner los bienes a disposición del vende-
dor. D) La retirada de los bienes no conformes y la posterior instalación.
E) La prohibición de pagos por el uso de los bienes no conformes. 2.2.El
sEgundo nivEl dE rEmEdios. los rEquisitos dE la rEbaja dEl prEcio o
la rEsolución dEl contrato. 2.2.1. El incumplimiento de la obligación del
vendedor de poner los bienes en conformidad, la subsanación incompleta y
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la imposibilidad y la desproporcionalidad de los remedios del primer nivel.
2.2.2. La subsistencia de la falta de conformidad pese al intento del vendedor
de poner los bienes en conformidad. 2.2.3. El ejercicio de los remedios del
segundo nivel de forma inmediata. 2.2.4. La imposibilidad de subsanar la falta
de conformidad dentro de un plazo de tiempo razonable y sin causar mayores
inconvenientes al consumidor. 2.2.5. La imposibilidad de resolver el contrato
si la falta de conformidad es una minucia. 2.3. la suspEnsión dEl pago dEl
prEcio pEndiEntE. 2.4. la contribución dEl consumidor a la falta dE
conformidad. 2.4.1. La contribución del consumidor como un supuesto de
incumplimiento de la carga de mitigar la falta de conformidad o como un
supuesto de no agravación de la misma. 2.4.2. Los remedios al alcance del
consumidor cuando haya contribuido a la falta de conformidad 2.5. la rE-
ducción dEl prEcio. 2.6. la rEsolución dEl contrato: 2.6.1. Presupuestos
y modo de ejercicio. 2.6.2. Resolución del contrato y compraventas con plura-
lidad de objetos. 2.6.3. Efectos.—III.conclusionEs.—iv. índicE dE
rEsolucionEs citadas.—v. bibliografía.
I. INTRODUCCIÓN
El pasado 11 de junio de 2019 entró en vigor la Directiva (UE) 2019/771
del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2019, relativa a
determinados aspectos de los contratos de compraventa de bienes (en ade-
lante DCCB). La DCCB deroga la Directiva 1999/44/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo de 25 de mayo de 1999, sobre determinados aspectos
de la venta y las garantías de los bienes de consumo.
En diciembre de 2015, la Comisión europea anunció un conjunto de
medidas para hacer frente a los retos que plantea la revolución digital con
el claro objetivo de convertir el comercio electrónico en un motor de cre-
cimiento, promoviendo un marco legal eficiente y completo para las com-
praventas a distancia de bienes1.
Por tanto, la DCCB y la Directiva (UE) 2019/770 del Parlamento Euro-
peo y del Consejo de 20 de mayo de 2019, relativa a determinados aspectos
de los contratos de suministro de contenidos y servicios digitales, constituyen
las principales normas que ha adoptado la Unión Europea para armonizar
el Derecho privado en el contexto de la Estrategia para el Mercado único
Digital (Digital Single Market Strategy)2.
De acuerdo con los considerandos de la DCCB3, la Unión Europea
detectó que la transposición de la Directiva 1999/44/CE sobre compraventas
de bienes en los ordenamientos jurídicos nacionales había dado lugar a un
régimen jurídico muy fragmentado debido a su carácter de armonización
mínima, lo que dificulta la consecución de un grado elevado y óptimo de

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