Análisis del artículo 25(3)(a) del estatuto de roma y de su evolución jurisprudencial

AutorPor Miren Odriozola Gurrutxaga
CargoProfesora Adjunta (Ayudante Doctora) de Derecho Penal. Universidad del País Vasco (UPV/EHU)
Páginas93-136
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 133, I, Época II, mayo 2021, pp. 93-136
ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 25(3)(A)
DEL ESTATUTO DE ROMA
Y DE SU EVOLUCIÓN JURISPRUDENCIAL
Analysis of article 25(3)(A) of the Rome Statute
and the development of case law
MIREN ODRIOZOLA GURRUTXAGA*
Fecha de recepción: 04/01//2021
Fecha de aprobación: 03/04/2021
RESUMEN: Las características propias de los crímenes internacionales
dificultan la determinación de la responsabilidad penal de cada uno de
los intervinientes en su comisión. Por ello, resulta imprescindible que el
Derecho Penal Internacional cuente con formas de autoría y participa-
ción que se adapten a las características del actus reus y de la mens rea
de los intervinientes en los mismos. En el presente trabajo se analizan
las distintas formas de autoría recogidas en el art. 25(3)(a) ER. A dife-
rencia de los tribunales ad hoc, la Corte Penal Internacional adopta un
modelo diferenciado que se basa en la teoría del dominio del hecho y, con
base en dicha teoría, reconoce las siguientes formas de autoría: autoría
directa, coautoría, autoría mediata y coautoría mediata.
PALABRAS CLAVE: Derecho Penal Internacional, Estatuto de Roma,
Autoría, Teoría del dominio del hecho.
ABSTRACT: Due to the specific features of international crimes, it becomes
difficult to establish the criminal liability of each of the individuals who
perpetrate such crimes. Thus, it is essential that International Criminal
Law relies on modes of liability that adapt themselves to the actus reus
* Profesora Adjunta (Ayudante Doctora) de Derecho Penal. Universidad del País
Vasco (UPV/EHU). Grupo Consolidado (Grupo GICCAS IT 1372-19). Secretaria del
Comité Científico de la AIDP.
94 MIREN ODRIOZOLA GURRUTXAGA
CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL ISSN: 0210-4059
Número 133, I, Época II, mayo 2021, pp. 93-136
and mens rea of the participants in such crimes. The present paper
analyses the various modes of perpetratorship envisaged in Article
25(3)(a) of the Rome Statute. In contrast with the ad hoc tribunals, the
International Criminal Court adopts a differentiated approach based on
the theory of control over the crime. On the basis of the aforementioned
theory, the Court applies the following modes of perpetratorship:
direct perpetration, co-perpetration, indirect perpetration and indirect
co-perpetration.
KEYWORDS: International Criminal Law, Rome Statute, Perpetratorship,
Theory of control over the crime.
SUMARIO: I. Introducción. II. Autoría directa. III. Coautoría. 1. Tipo objeti-
vo. 2. Tipo subjetivo. IV. Autoría mediata, con especial considera-
ción de la autoría mediata por medio de Estructuras Organizadas
de Poder. 1. Tipo objetivo. 2. Tipo subjetivo. V. Coautoría mediata.
1. Tipo objetivo. 2. Tipo subjetivo. VI. Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
Debido a la naturaleza colectiva y masiva de los crímenes internacio-
nales, la determinación de la responsabilidad penal individual de cada
una de las múltiples personas intervinientes en su comisión constituye
uno de los desafíos más importantes a los que se enfrenta el Derecho
Penal Internacional (en adelante, DPI). En efecto, como consecuencia
del elevado número de intervinientes en la comisión de tales crímenes
que, además, tienden a discurrir de manera desorganizada y espontánea,
resulta complicado determinar quién es responsable de qué hechos y en
qué medida. Más importante aún, la contribución y los elementos subjeti-
vos de cada interviniente tienen características propias.
Pese a lo complicado de determinar la responsabilidad penal de cada
interviniente en estos crímenes, el DPI debe respetar los principios bási-
cos del Derecho Penal, muy en especial, el principio de responsabilidad
penal individual por los propios hechos1. Por consiguiente, es necesario
que el DPI cuente con distintos modos de intervención criminal punible
en los que poder basar la responsabilidad penal individual de cada una
de las personas intervinientes adecuándose a las características del actus
reus y de la mens rea.
1 WERLE, G., JESSBERGER, F., Principles of International Criminal Law, Oxford
University Press, Oxford, 2014, p. 193; GIL GIL, A., “Imputación de crímenes internacio-
nales, ¿expansión o universalización? Problemas y vías de solución” en A. GIL GIL y E.
MACULAN (dir.), Intervención delictiva y Derecho Penal Internacional. Reglas de atribución
de la responsabilidad en crímenes internacionales, Dykinson S.L., Madrid, 2013, p. 512.
Análisis del artículo 25(3)(A) del estatuto de Roma y de su evolución jurisprudencial 95
ISSN: 0210-4059 CUADERNOS DE POLÍTICA CRIMINAL
Número 133, I, Época II, mayo 2021, pp. 93-136
A diferencia de los Estatutos de los tribunales ad hoc, el Estatuto de
Roma (en adelante, ER) establece en su artículo 25(3) un conjunto de
normas que regulan sistemáticamente las formas de intervención crimi-
nal punible y adopta un modelo diferenciado que distingue de forma cla-
ra entre autoría (subapartado (a)) y participación (subapartados (b),(c) y
(d))2. No obstante, el ER no prevé una mitigación obligatoria de la pena
para los partícipes, es decir, la categorización del art. 25(3) no se traduce
obligatoriamente en la imposición de una mayor o menor pena en fun-
ción de la imposición de responsabilidad por autoría o participación3.
La Corte Penal Internacional (en adelante, CPI) se ha basado en la
teoría del dominio del hecho formulada por Roxin para delimitar la res-
ponsabilidad por autoría de la responsabilidad por participación4. Al
2 AMBOS, K., “Article 25. Individual Criminal Responsibility” en O. TRIFFTERER
y K. AMBOS (ed.), Commentary on the Rome Statute of the International Criminal Court,
Beck/Hart, 2016, p. 984; OLÁSOLO, H., Tratado de Autoría y Participación en Derecho
Penal Internacional, Tirant lo Blanch, Valencia, 2013, p. 68; VAN SLIEDREGT, E.,
Individual Criminal Responsibility in International Law, Oxford University Press, New
York, 2012, pp. 74 y 79; MACULAN, E., “Las formas de intervención punibles: autoría y
participación” en A. GIL GIL y E. MACULAN (dir.), Derecho penal internacional, Dykinson
SL, Madrid, 2016, pp. 215-216; OHLIN, J.D., VAN SLIEDREGT, E., WEIGEND, T.,
“Assessing the Control-Theory”, LJIL, Vol. 26, Núm. 3, 2013, p. 740.
3 VEST, H., “Problems of Participation – Unitarian, Differentiated Approach, or
Something Else?”, JICJ, Vol. 12, Núm. 2, 2014, p. 301; VAN SLIEDREGT, E., Individual,
cit., p. 74; DUBBER, M.D., “Criminalizing Complicity. A Comparative Analysis”, JICJ,
Vol. 5, Núm. 4, 2007, p. 1001; MACULAN, E., “Las formas de intervención”, cit., p. 216.
4 Prosecutor v. Thomas Lubanga Dyilo, Decision on the confirmation of the char-
ges del 29.01.2007 (ICC-01/04-01/06-803-TEn) (en adelante, Decisión de confirmación
de cargos en el caso Lubanga), párr. 338; Prosecutor v. German Katanga and Mathieu
Ngudjolo Chui, Decision on the confirmation of the charges del 30.09.2008 (ICC-01/04-
01/07-717) (en adelante, Decisión de confirmación de cargos en el caso Katanga), párr.
484; Le procureur c. Germain Katanga, Jugement rendu en application de l’article 74 du
Statut del 07.03.2014 (ICC-01/04-01/07-3436) (en adelante, Sentencia de primera instan-
cia en el caso Katanga), párr. 1394; Prosecutor v. Thomas Lubanga Dyilo, Judgment on
the appeal of Thomas Lubanga Dyilo against his conviction del 01.12.2014 (ICC-01/04-
01/06 A 5) (en adelante, Sentencia de apelación en el caso Lubanga), párrs. 469 y 473;
Prosecutor v. Charles Blé Goudé, Decision on the confirmation of charges against Charles
Blé Goudé del 11.12.2014 (ICC-02/11-02/11) (en adelante, Decisión de confirmación de
cargos en el caso Blé Goudé), párrs. 135 y 141; Prosecutor v. Dominic Ongwen, Decision
on the confirmation of charges del 23.03.2016 (ICC-02/04-01/15) (en adelante, Decisión
de confirmación de cargos en el caso Ongwen), párr. 38; Prosecutor v. Ahmad Al Faqi
Al Mahdi, Decision on the confirmation of charges del 24.03.2016 (ICC-01/12-01/15) (en
adelante, Decisión Confirmación de cargos en el caso Al Mahdi), párr. 24; Prosecutor
v. Bosco Ntaganda, Judgment del 08.07.2019 (ICC-01/04-02/06) (en adelante, Sentencia
de primera instancia en el caso Ntaganda), párr. 779-780; Le Procureur c. Al Hassan Ag
Abdoul Aziz Ag Mohamed Ag Mahmoud, Rectificatif à la Décision relative à laconfirma-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR