DECRETO 306/1992, de 17 de noviembre, por el que se dispone la emisión de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones por importe de doscientos millones (200.000.000) de marcos alemanes.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Hacienda y Finanzas |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 306/1992, de 17 de noviembre, por el que se dispone la emisión de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones por importe de doscientos millones (200.000.000) de marcos alemanes.
La Ley 1/1992 de 28 de enero, por la que se aprobaron los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1992, en su artículo 8, apartado 1, autorizó al Gobierno Vasco para que, a propuesta del Departamento de Hacienda y Finanzas, emitiese Deuda Pública de
Euskadi hasta una cuantía máxima de 51.812.000.000 PTA, con la finalidad de financiar inversiones.
En uso de la citada autorización, procede disponer la tercera emisión de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de doscientos millones (200.000.000.-) de marcos alemanes, una vez cumplido el correspondiente trámite de coordinación.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Finanzas, previa deliberación y aprobación del Consejo del Gobierno Vasco, en su reunión del día 17 de noviembre de 1992.
DISPONGO:
En uso de la autorización concedida al Gobierno en el artículo 8, apartado 1 de la Ley 1/1992, por la que se aprobaron los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 1992, se acuerda la Emisión de Deuda Pública de Euskadi, exterior y amortizable, formalizada en obligaciones, por importe de doscientos millones de marcos alemanes.
La Emisión que se autoriza por el presente Decreto estará destinada a la suscripción pública.
La Deuda Pública se formalizará en obligaciones de 5.000 y 50.000 marcos alemanes de valor nominal cada una.
La Deuda Pública que se emite devengará un tipo de interés fijo anual del 8%.
El precio de emisión de cada título será del 101,825 %. 4.2.- Período de suscripción.
El período de suscripción finalizará el 3 de diciembre de 1992. 4.8.- Fecha de emisión.
Las obligaciones llevarán la fecha de 3 de diciembre de 1992 como fecha de...
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