Ámbito de la jurisdicción contencioso-administrativa y actividad administrativa impugnable (Arts. 1 a 3, 25 y 26, DA 1a y 7a LJCA)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas, ICADE
Páginas165-168
ÁMBITO DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA y ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA IMPUGNABLE
(arts. 1 a 3, 25 y 26, DA 1ª y 7ª LJCA)
DELIMITACIÓN POSITIVA
(Materias de competencia de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Cláusula general
(art. 1.1 LJCA): La Jurisdicción contencioso-administrativa conocerá de las pretensiones que se deduzcan en relación con la
actuación de las Administraciones Públicas suj
etas a Derecho Administrativo.
ÁMBITO SUBJETIVO
Administraciones Públicas
a) Administración General del Estado.
b) Administraciones de las CCAA.
c) Entidades integrantes de la Administración Local.
d) Entidades de Derecho Público dependientes o vinculadas a las anteriores.
e) Diputaciones Forales (País Vasco) y Administración institucional
dependiente de ellas.
Órganos no integrados en las
Administraciones Públicas
Actos y disposiciones en materia de personal, administración y gestión patrimonial sujetos a De
recho Público
de los órganos competentes del Congreso de Diputados, Senado, TC, Tribunal de Cuentas, Defensor del
Pueblo, Asambleas Legislativas de las CCAA e instituciones autonómicas análogas al Defensor del Pueblo y
Tribunal de Cuentas.
Actos y dispo
siciones del Consejo General del Poder Judicial y la actividad administrativa de los órganos de
gobierno de los Juzgados y Tribunales.
Actuación de la Administración electoral en los términos de la LOREG.
Actos y disposiciones de las Corporaciones de D
erecho Público adoptados en el ejercicio de funciones públicas.
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