Recurso especial en materia de contratación y medios alternativos de resolución de conflictos (arts. 40 a 50 TRLCSP)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorUniversidad Pontificia Comillas, ICADE
Páginas179-182
179
RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN Y MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
ACTOS SUSCEPTIBLES DE RECURSO ESPECIAL
Respecto de los siguientes
CONTRATOS de las Administraciones
Públicas y Poderes adjudicadores
a) Los anun
cios de licitación, los pliegos y los documentos
contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la
contratación,
b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de
adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente
sobr
e la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el
procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a
derechos o intereses legítimos.
Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad
de continuar el procedimiento l
os actos de la Mesa de Contratación
por los que se acuerde la exclusión de licitadores.
c) Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes
adjudicadores
a) Contratos de obras, concesión de obras públicas, de suministro,
de servicios, de colaboraci
ón entre el Sector Público y el Sector
Privado y acuerdos marco, SARA.
b) Contratos de servicios (
categorías 17 a 27 del Anexo II cuyo
valor estimado sea igual o superior a 200.000 €)
c) Contratos de gestión de servicios públicos en los que el
presupuesto de gastos de primer establecimiento, excluido el
IVA,
sea superior a 500.000 € y el plazo de duración superior a 5
años.
d) Los contratos subvencionados a que se refiere el ar
t. 17
Actos dictados en procedimientos de adjudicación de
contratos distintos
Régimen de recursos de la LRJAP
-PAC y LJ
Defectos de tramitación respecto de actos
distintos
Posibilidad de
ser puestos de manifiesto por los interesados al órgano
al que corresponda
la instrucción del expediente o al órgano de contratación, a efectos de su corrección, y sin
perjuicio de que las irregularidades que les afecten puedan ser alegadas por los
interesados al recurrir el acto de adjudicación
Prohibición
: Contra estos actos no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios (salvo la excepción prev
ista para las CCAA en
el art. 4
1 TRLCSP)
.

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