Decreto 84/2009, de 26 de mayo, por el que se aprueba la alteración parcial de los términos municipales de Manresa y de Sant Joan de Vilatorrada.

MarginalBOE-A-2009-16531
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

Los servicios técnicos de los ayuntamientos de Sant Joan de Vilatorrada y de Manresa informaron en fechas 17 de enero de 1999 y 19 de abril de 2000, respectivamente, una propuesta de modificación de la delimitación entre sus términos municipales como consecuencia de la construcción del Eje Transversal y las disfuncionalidades que esta infraestructura ocasionaba desde el punto de vista urbanístico y territorial. Igualmente justificaban la procedencia de la regularización de sus respectivos términos municipales, con el fin de posibilitar el ensanchamiento de la calle de Antonio Machado de Sant Joan de Vilatorrada.

El 24 de septiembre de 2001 el Ayuntamiento de Manresa acordó iniciar un expediente de alteración de los términos municipales consistente en la segregación de 9.559 m2 de su término municipal para su agregación en el de Sant Joan de Vilatorrada, y la correlativa segregación de 3.872 m2 del municipio de Sant Joan de Vilatorrada para su agregación en el de Manresa, de acuerdo con lo que establecía el artículo 14 en relación con el artículo 13.1.c) de la Ley 8/1987, de 15 de abril, municipal y de régimen local de Cataluña (actualmente el artículo 14 en relación con el artículo 13.1.c) del Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003, de 28 de abril). La alteración de términos cuenta con el acuerdo favorable del Ayuntamiento de Sant Joan de Vilatorrada, mediante acuerdo plenario de 2 de mayo de 2002.

En fecha 8 de octubre de 2001 el expediente fue sometido a información pública y se presentó una alegación, que se desestimó mediante acuerdo plenario del Ayuntamiento de Manresa de 19 de febrero de 2007. Posteriormente, se solicitaron sendos informes a la Diputación de Barcelona y al Consejo Comarcal del Bages. En fechas 8 y 21 de mayo de 2008, el Consejo Comarcal del Bages y la Diputación de Barcelona informó favorablemente.

En fecha 10 de junio de 2008 se envió el expediente completo al Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas.

El 4 de noviembre de 2008, el Servicio de Demarcaciones Territoriales de la Dirección General de Administración Local informó sobre el expediente y consideró que se había tramitado de forma correcta y que cumplía el requisito de las consideraciones de orden geográfico, demográfico, económico y administrativo que lo hacen necesario.

La Comisión de...

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