SAP Madrid 617/2006, 26 de Mayo de 2006

PonenteMIRIAM DE LA FUENTE GARCIA
ECLIES:APM:2006:10650
Número de Recurso887/2005
Número de Resolución617/2006
Fecha de Resolución26 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª

MIRIAM DE LA FUENTE GARCIA FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZ ANGEL SANCHEZ FRANCO

AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 24

MADRID

SENTENCIA: 00617/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN 24ª

Rollo nº: 887/05

Autos nº: 566/04

Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de San Lorenzo de El Escorial

Apelante: Dª Susana

Procurador: Dª SUSANA YRAZOQUI GONZALEZ

Apelado: D. Luis Andrés

Procurador: Dª BLANCA Mª GRANDE PESQUERO

Ponente: Ilma. Sra. Dª MIRIAM DE LA FUENTE GARCÍA.

S E N T E N C I A Nº 617

Magistrados:

Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González

Ilmo. Sr. D. Ángel Sánchez Franco

Ilma. Sra. Dª MIRIAM DE LA FUENTE GARCÍA

En Madrid, a 26 de mayo de 2006

Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Modificación de Medidas con el nº 4 de abril de 2005, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de San Lorenzo de El Escorial.

De una, como apelante, Dª Susana, representada por la Procuradora Dª SUSANA YRAZOQUI GONZALEZ.

Y de otra, como apelado, D. Luis Andrés, representado por la Procuradora Dª BLANCA Mª GRANDE PESQUERO.

VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª MIRIAM DE LA FUENTE GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.

SEGUNDO

Que en fecha 4 de abril de 2005, por el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de San Lorenzo de El Escorial, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que SE DESESTIMA TOTALMENTE la demanda interpuesta por Doña Susana representada por el Procurador Don Esteban Muñoz Nieto contra Don Luis Andrés representado por el Procurador Don Marcelino Bartolomé Garretas, siendo parte el Ministerio Fiscal, absolviendo al demandado de todos los pedimentos de la demanda, con expresa condena en costas a la demandante.".

TERCERO

Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Dª Susana al que se opuso la contraria en los términos que constan en escritos obrantes en autos.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Solicita la parte apelante la revocación de la sentencia de instancia y en su lugar se dicte otra resolución que aumente la pensión alimenticia del hijo a 530 Ñ mensuales y que no se impongan las costas causadas en la primera instancia a la parte demandante de conformidad con el criterio seguido por la Sala en este sentido por razón de la materia.

Alega al efecto que no han variado las circunstancias que concurrían cuando se dictó la sentencia de separación en relación con las concurrentes al interponer la demanda rectora del la presente litis. Entonces las partes se separaron de mutuo acuerdo y en el convenio regulador pactaron una serie de medidas teniendo en cuenta que a pesar de ello siguieron viviendo juntos en el domicilio familiar con la hija, compartiendo gastos de la misma manera que cuando se casaron. Mientras que en la actualidad la Sra. Susana vive sola con su hija en el piso que se ha comprado. Los gastos que tiene actualmente son mucho mayores porque ahora los tiene que afrontar en solitario. No puede hacer tantas horas extras como antes porque entonces el padre también cuidaba de la niña y ahora no. Y cuando suscribió el convenio no sabía que iba a tener esta insuficiencia económica.

La parte apelada se opone al recurso y solicita la confirmación de la sentencia con expresa condena en costas a la apelante y comparte los razonamientos vertidos por el Juez a quo.

SEGUNDO

De la valoración de la prueba obrante en autos tanto de forma individual como conjuntamente cabe ya decir que el recurso a de ser íntegramente desestimado. El art. 90 penúltimo párrafo del Código...

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