Resolución de 11 de julio de 2008, de la Universidad de Alicante, por la que se convocan concursos de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios.
| Marginal | BOE-A-2008-12939 |
| Sección | II - Autoridades y Personal |
| Emisor | Universidades |
| Rango de Ley | Resolución |
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; en el artículo 14 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril; y a tenor de lo establecido en el artículo 144 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 2 de la normativa por la que se regula el régimen de los concursos de acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios, de la Universidad de Alicante.
Este Rectorado, en uso de sus competencias, ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes
Bases
Régimen jurídico
Este concurso de acceso se regirá por las bases de esta convocatoria, que se ajustarán a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de Habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por Decreto 73/2004, de 7 de mayo, del Consell de la Generalitat (DOGV de 18 de mayo de 2004); el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante de 30 de septiembre de 2004, por el que se aprueba la normativa que regula el régimen de los concursos de acceso a los Cuerpos Docentes Universitarios; y demás normativa de general aplicación.
Requisitos de los candidatos
Para ser admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión:
Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.
Estar habilitados para el cuerpo y área que se trate, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril.
Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento del español adecuado para el desarrollo de sus funciones.
Los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca la enseñanza en valenciano, será necesario que acrediten su conocimiento a nivel Medio.
Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán, por cada plaza solicitada, la correspondiente instancia sellada en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, o bien, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el empleado de Correos pueda estampar en cada una de ellas el sello de fechas antes de su certificación y dirigirse al Campus de San Vicente del Raspeig, Apdo. 99, 03080 Alicante. Esta solicitud, que se ajustará al modelo que se acompaña en el anexo II de esta convocatoria, debidamente cumplimentada, irá acompañada de los siguientes documentos:
Fotocopia del documento nacional de identidad o en caso de extranjeros, del documento que acredite su identidad y fecha de nacimiento.
Fotocopia del documento que acredite estar habilitado para el cuerpo y área de que se trate, de acuerdo con lo que establece el artículo 15 del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, modificado por el Real Decreto 338/2005, de 1 de abril.
En caso de ser funcionario de los cuerpos docentes universitarios, deberán presentar documento que acredite el cuerpo y área de conocimiento.
Fotocopia, en su caso, de acreditación del cumplimiento del requisito lingüístico recogido en la base 2.e) que, conforme a lo establecido en el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los «Diplomas de español como lengua extranjera (DELE)», puede realizarse a través del Diploma de Español Nivel C2 (antiguo Nivel superior) o documento equivalente. En su defecto, la acreditación de dicho conocimiento se determinará por la comisión en el desarrollo de la prueba contemplada en la base 6.3, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
Fotocopia, en su caso, de acreditación del cumplimiento del...
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