SAP Madrid 221/2007, 25 de Mayo de 2007

PonentePEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ-PALACIOS
ECLIES:APM:2007:8246
Número de Recurso119/2007
Número de Resolución221/2007
Fecha de Resolución25 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª

ROLLO DE APELACION Nº 119/2007

PROC. ORAL Nº 444/2006

JUZGADO DE LO PENAL Nº 26 DE MADRID

S E N T E N C I A Nº 221/2.007

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEXTA

ILMOS. SRES.

MAGISTRADOS

D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS

D. JOSE MANUEL FERNANDEZ PRIETO GONZALEZ

D. JULIAN ABAD CRESPO

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En Madrid, a 25 de Mayo de 2007.

VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Federico contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 26 de Madrid, de fecha 10 de Enero de 2007, en la causa citada al margen.

VISTO, siendo Ponente el Presidente de la Sección, Ilmo. Sr. D. PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 26 de Madrid dictó sentencia, de fecha 10 de Enero de 2007, cuyo relato fáctico es el siguiente: "Que el acusado Federico, mayor de edad y sin antecedentes penales computables a efectos de reincidencia, sobre las 8,30 horas del dia 22 de septiembre del 2.005, circulaba con el vehículo....-GNR de su propiedad, tras haber ingerido bebidas alcohólicas que limitaban las facultades físicas y psíquicas precisas para la conducción, motivo por el cual al llegar al acceso a la Avda. de Andalucia, dentro de la M-30, concretamente en el paso inferior existente en la Glorieta de Málaga, perdió el control de su vehículo y colisionó con la valla del margen derecho. A consecuencia de la colisión resultó lesionada su acompañante Gema, que sufrió diversas contusiones y precisó para su curación una primera asistencia médica y estuvo siete dias impedida para sus ocupaciones habituales.

Requerido por agentes de la policia local para someterse a la prueba de alcoholemia, el acusado accedió voluntariamente, dando como resultado a las 9,18 horas, 0,52 miligramos de alcohol por litro de aire espirado y a las 9,46 horas 0,48 miligramos de alcohol por litro de aire espirado.

Gema no ha formulado reclamación por estos hechos."

Y cuyo fallo es del tenor literal siguiente: " Que debo condenar y condeno al acusado Federico, como autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, ya definido, sin la concurrencia de la circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de 8 meses de multa con una cuota dia de 4 euros, a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por el tiempo de 1 año y 2 meses y al pago de las costas causadas."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el Procurador D. Carlos Gomez-Villaboa, en representación del condenado en la instancia, recurso de apelación, que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido dicho recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, remitiéndose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

En fecha 29 de Marzo de 2007...

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