Albiez Dohrmann, Klaus Jochen: La protección jurídica de los empresarios en la contratación con condiciones generales. Una perspectiva española y extranjera, ed. Thomson Civitas, 2009, 333 pp.

AutorJosé Antonio Doral García
Páginas1767-1775

I

La contratación en masa es signo de renovación. Este fenómeno moderno concita la reflexión de la doctrina, la revisión de los códigos existentes, las experiencias legislativas y jurisprudenciales en todos los países, las implicaciones procesales en la legitimación y acciones colectivas, pero en particular abre un nuevo panorama del control del contenido, la finalidad y los límites de las condiciones generales del contrato imprecisas y abusivas.

En términos generales la defensa del mercado y la defensa del contrato son el reverso de la libre iniciativa económica. En efecto el contrato agiliza el mercado y la expansión ilimitada arriesga perjuicios a los más débiles. Por eso sus correlatos son el límite del ejercicio de la libre actividad de empresa y de la libertad contractual. El punto de referencia se centra en la protección del contratante débil.

El control de los contratos de adhesión se ha desarrollado en los últimos años conducido por la necesaria y sentida protección del consumidor. Desde esa óptica se presentan como titulares de intereses contrapuestos los prefijados en cláusulas o condiciones predispuestas unilateralmente por una empresa que oferta productos o servicios y el resultado pretendido por el contratante débil. La consecuencia en el plano normativo es que la contratación estándar encuentra en el control un muro de contención dirigido no solamente a reforzar la posición del débil sino al interés general de la imparcialidad en justicia.

La tendencia a adaptar a los contratos celebrados entre empresarios comerciantes las mismas reglas que disciplinan la defensa de los consumidores (consumer interests) frente a cláusulas limitativas ha venido siendo hasta ahora la orientación prevalente.

El profesor Klaus Jochen dohrmann discrepa en este libro de dichas orientaciones de igual trato, y se inclina por la incorporación a todo contrato de adhesión de una cláusula general de buena fe objetiva, es decir, con independencia de la cualidad de los contratantes. Desde una perspectiva diferente a la defensa de los consumidores se ocupa este libro de las técnicas legislativas y jurisprudenciales sobre el control de la inclusión de cláusulas y contenido de los contratos entre empresarios.

El núcleo central de la materia abarcada en este estudio gira en torno a las condiciones generales de la contratación y aborda el problema de la «moderPage 1768nización» del derecho de obligaciones en los principales países europeos, que el autor califica de «tema apasionante».

Efectivamente, el profesor Klaus Jochen sabe que se enfrenta con una materia llena de cuestiones candentes y de gran actualidad, cuyo mero enunciado ya inquieta por todo el arrastre que lleva aneja la etiqueta de protección o sistemas de control, ya sea material o formal, de tipo judicial o administrativo (asociación de consumidores). Pero se siente atraído por la actualidad de un tema en el que se refleja la expansión de categorías de derecho civil.

Es poco frecuente que el propio autor sea quien califique de apasionante el contenido de la obra que publica, pero en este caso se explica tanto por la índole de la materia tratada «siempre sugerente en el campo del derecho privado» como por el tirón que supone para un civilista sortear las cuantiosas dificultades que comporta la recepción y adaptación de modelos extranjeros en otro ámbito de aplicación. No deja de ser mérito considerable meterse en un tema tan «apasionante» como complicado y salir airoso del empeño obteniendo como fruto de su estudio nuevas y sugerentes aportaciones. Nada menos que diseñar una propuesta alternativa a nuestra regulación actual.

Un amplio sector de la doctrina ha dedicado un esfuerzo considerable a la reflexión del control de los contratos de adhesión con empleo de las luces y sombras del análisis económico y la incorporación de la teoría económica a la empresa y al mercado. Esfuerzo este de indudable utilidad en las valoraciones de textos legales y cláusulas adaptadas o inadaptadas a las exigencias de la vida económica y social, compatibles unas y otras no con la normativa comunitaria. El autor de este libro, sin excluir esos encomiables destellos, atiende principalmente al cuadro legislativo y a los modelos jurisprudenciales de interpretación, que no son impermeables a su reflejo. Es suficiente pensar en las directivas del crédito al consumo con sus garantías para convencerse de la importancia actual.

Las condiciones generales elaboradas ad hoc en los contratos relativos a diversos sectores económicos, de informática, de seguros, bancarios, transporte de ejercicio duradero y reiterado se resisten a una consideración homogénea, mas no por eso deja de ser útil profundizar en las reglas y directrices generales, como reequilibrar la relación negocial, asegurar la conformidad de la contratación con los principios generales del ordenamiento jurídico en las previsiones de riesgos, y en general facilitar la información y discusión del contrato en la transmisión y gestión de empresa. El lector podrá reconocer que el presente estudio monográfico engloba la problemática general inherente a los contratos de adhesión.

Sin merma del interés de carácter general el enfoque del trabajo es novedoso al conducir el estudio por una vía distinta de la actualmente dominante en la que prevalece la consideración al grupo de consumidores. La razón de semejanza basada en el manejo de armas desiguales justifica la necesidad de no privar de adecuadas medidas de defensa al empresario contratante más débil que resulte atrapado en las cláusulas abusivas del contrato celebrado con otra empresa económicamente mas fuerte.

Si bien es cierto que la bandera enarbolada por la modernidad de la protección de los consumidores está asumida por todos sobre la base de un derecho fundamental que en hipótesis contrasta con la del empresario. Este más bien interviene en la litis con el adherente como el protagonista fuerte con intereses contrapuestos al débil.

En otra línea sitúa Jochen la protección especial de un contratante empresario frente al predisponente fuerte. Protección que difiere del sector del conPage 1769sumo más cerca de la libertad de concurrencia en el mercado. Es explicable que no coincidan en uno y otro caso las reglas de derecho, ni las técnicas de control o las medidas de defensa en la contratación.

El profesor Albiez...

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