Agencias de colocación

AutorJesús Alfredo Sánchez Ramos
Cargo del AutorProfesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social Universidad Rey Juan Carlos

Las agencias de colocación son entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.

Contenido
  • 1 Regulación de las agencias de colocación
    • 1.1 Autorización administrativa para las agencias de colocación
    • 1.2 Información sobre las agencias de colocación
    • 1.3 Obligaciones de las agencias de colocación
  • 2 Convenios de colaboración SPEE - Agencias de Colocación
  • 3 Infracciones en materia de intermediación laboral
  • 4 Normativa destacada en materia de agencias de colocación
  • 5 Ver también
  • 6 Recursos adicionales
    • 6.1 En formularios
    • 6.2 En doctrina
    • 6.3 En dosieres legislativos
  • 7 Legislación básica
  • 8 Legislación citada
Regulación de las agencias de colocación

Por su parte, la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo , procediendo a regular las agencias privadas de colocación, incluye las que tienen ánimo de lucro (cuya actividad no permitía la normativa anterior), lo que supone complementar la actividad que ya desarrollan los servicios públicos de empleo, con el fin de mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo, dotando para ello a los agentes que intervienen en los procesos de intermediación y de colocación de más y mejores medios.

El Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación , procede al desarrollo reglamentario de la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo , regulando el régimen de autorización y la actividad de las agencias de colocación que realicen actividades de intermediación laboral.

En la definición de las agencias de colocación se siguen las referencias establecidas en la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo , esto es, la actividad propia de las mismas que consiste en la realización de actuaciones de intermediación laboral, incluyéndose la mención a las empresas de recolocación como agencias de colocación especializadas en esta actividad.

Asimismo se recoge la distinción entre agencias de colocación autorizadas que actúan de forma autónoma pero coordinada con los servicios públicos de empleo, con las que actúan como entidad colaboradora de los mismos mediante la suscripción de un convenio de colaboración.

Conforme al art. 2 del Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre , la agencias de colocación se definen legalmente como:

"...aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y, en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades".

Se definen también las agencias de recolocación como un subtipo de agencias de colocación especializadas en la actividad destinada a la recolocación de las personas trabajadoras que resultaran excedentes en procesos de reestructuración empresarial, cuando aquélla hubiera sido establecida o acordada con los trabajadores o sus representantes en los correspondientes planes sociales o programas de recolocación, y estarán sometidas al régimen legal y reglamentario establecido con carácter general para las agencias de colocación.

Autorización administrativa para las agencias de colocación

Se establece la obligatoriedad de que las agencias de colocación obtengan, para poder realizar su actividad, autorización administrativa previa de los servicios públicos de empleo.

Dicha autorización la concederá el Servicio Público de Empleo Estatal cuando las agencias pretendan establecer centros desde los que desarrollar su actividad en más de una comunidad autónoma, o del servicio equivalente en la comunidad autónoma cuando pretendan establecer centros únicamente en el territorio de esa comunidad. En el supuesto de que las agencias de colocación pretendan ampliar su ámbito de actuación, estableciendo centros en otras comunidades autónomas, deberán solicitar la ampliación de su autorización. En todo caso se establece que la autorización será única y tendrá validez para gestionar ofertas de trabajo y solicitudes de empleo de todo el territorio español.

La autorización se establece por una vigencia inicial de cinco años que se podrá prorrogar de forma indefinida, con la comprobación, en todo caso, por parte de los servicios públicos de empleo de que se mantienen los requisitos y condiciones que determinaron su otorgamiento.

Información sobre las agencias de colocación

La información sobre las agencias autorizadas quedará integrada en el espacio telemático común a fin de que pueda ser conocida tanto por los servicios públicos de empleo como por la ciudadanía en general.

En relación con la financiación de estas agencias de colocación, se determina que sólo podrán recibir financiación de los servicios públicos de empleo aquellas agencias que suscriban convenios de colaboración con los mismos.

Obligaciones de las agencias de colocación

Se establecen las obligaciones que deben cumplir, con carácter general, todas las agencias de colocación, destacando entre ellas la exigencia de que en la actuación de estas agencias se garantice la gratuidad a las personas trabajadoras por la prestación de servicios, los principios de igualdad, no discriminación en el acceso al empleo y el respeto a la intimidad y dignidad a las personas trabajadoras en el tratamiento de sus datos. Asimismo se recoge la obligación de elaborar y ejecutar planes específicos para la colocación de personas trabajadoras desempleadas integrantes de colectivos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR