La agencia de protección de datos (APD)

AutorFrancisco de Quinto Zumárraga
Cargo del AutorPiqué Abogados Asociados

7.1. NATURALEZA

Es un ENTE DE DERECHO PUBLICO CON PERSONALIDAD JURIDICA PROPIA Y PLENA CAPACIDAD, que actúa con plena independencia de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus funciones (art. 35 LOPD).

Su creación se remonta al marco de la derogada LORTAD y su funcionamiento se rigen en lo que le afecte por los Reales Decretos 428/1993, de 26 de marzo, y 1332/1994, de 20 de junio, y en su futuro estatuto que aprobará el Gobierno en el marco de la nueva LOPD. Se trata de una AUTORIDAD DE CONTROL con jurisdicción propia que emana de las autoridades de la Unión Europea.

7.2. REFERENCIAS DE ACCESO

Las referencias para su localización y entrada en contacto son:

AGENCIA DE PROTECCION DE DATOS

Sagasta n.º 22. 28004 MADRID Tel. 91 399 62 00 - Fax 91 448 91 65 Dirección Internet: www.agenciaprotecciondatos.org

La APD dispone de una aceptable página web de libre acceso a la que por mi parte, animo a los lectores a visitar y trabajar en detalle, con el fin de obtener be- neficio de la ingente cantidad de información que dispone sobre el tema que nos interesa.

Así mismo es aconsejable, por su utilidad, mantener contactos personales con los funcionarios ya sea mediante visita, consulta telefónica o consulta escrita vía fax o e-mail. La relativa novedad del tema y su complejidad jurídica convierten en obligada la práctica de los contactos reiterados con la APD.

Además la APD publica cada año su MEMORIA en formato de libro y en soporte CD de difusión gratuita entre aquellos que la soliciten. Año tras año mejora notablemente la calidad de la información incluida en la Memoria.

7.3. ORGANIGRAMA Y ESTRUCTURA; LAS AGENCIAS EN EL AMBITO DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS.

El desarrollo normativo de la estructura y funciones de la A.P.D. se desarrolla en el R.D. 428/93 que, curiosamente, es uno de los tres R.D. conservados como vigentes en la Disposición Transitoria tercera de la L.O.P.D.; «Subsistencia de normas preexistentes». En este R.D. la A.P.D. se configura de acuerdo con la siguiente estructura organizativa y operativa:

  1. NATURALEZA (Art. 35 R.D. 428/93). La A.P.D. es un ente de Derecho Público, con personalidad jurídica propia que actúa con plena independencia de las administraciones públicas. Su marco regulador está definido por la L.O.P.D. el Estatuto regulado por el R.D. que nos ocupa y por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El personal adscrito a la A.P.D. tiene el estatuto de funcionario.

  2. FUNCIONES (Art. 37 R.D....

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