El aforismo 'vel omnia admittantur, vel omnia repudientur

AutorMaría Eugenia Ortuño
Páginas83-107
EL AFORISMO “VEL OMNIA ADMITTANTUR,
VEL OMNIA REPUDIENTUR*
Resúmen: De entre los requisitos que han de cumplir la aceptación y la
repudiación de la herencia romana se halla la exigencia de
que en ambos casos la declaración de voluntad del heredero
ha de ser plena, es decir, ha de referirse a la totalidad, porque
son inadmisibles las aceptaciones y las repudiaciones parcia-
les. Teniendo presente el derecho clásico, Justiniano utilizó
como ratio decidendi el aforismo vel omnia admittantur, vel
omnia repudientur a la hora de resolver la consulta planteada
por el Prefecto del Pretorio Juan en torno a la dudas surgidas
en dos casos distintos de sucesión testamentaria, en los que
debía determinarse la necesidad y el alcance de la aceptación
de la herencia. El análisis de la constitución y la determina-
ción de su fundamento en el ámbito del derecho hereditario
romano son los objetivos que nos hemos propuesto en éste
trabajo.
Palabras claves: Sucesión, testamento, aceptación, repudiación, regu-
lae iuris.
Abstract: Among the requirements to be met by the acceptance and re-
pudiation of the Roman heritage is the requirement that both
the declaration of will of the heir has to be full, ie must refer
to the whole,why are inadmissible acceptances and partial re-
pudiations. Bearing in minid the classical law, Justinian used
* Este trabajo se ha elaborado en el marco de la investigación desarrollada en
el Institut de Recerca de Cultures Medievals, IRCVM, de la Universidad de Barce-
lona.
84 M ª Eugenia Ortuño Pérez
as the aphorism level ratio decidendi omnia admittantur, vel
omnia repudientur to solving the query raised by the Praeto-
rian Prefect Juan around the doubts raised in two separate ca-
ses of probate, in which should determine the need and scope
of the acceptance of inheritance. The analysis of the constitu-
tion and the determination of the merits in the field of Roman
inheritance law aret the goals we have proposed in this work.
Key words: Sucesión, testament, acceptance, repudiation, regulae iuris.
Sumario: I. Presentación.- II. La constitución y sus antecedentes juris-
prudenciales.- III. Fundamento del rescripto: aspectos de de-
recho sustantivo.- IV. Su contenido formal: constitución im-
perial - regulae iuris.
I. PRESENTACIÓN
Uno de los objetivos de la política legislativa de Justiniano fue el de
resolver todas las dubitaciones planteadas en las controversias jurispru-
denciales para dar una solución definitiva y de aplicación obligatoria
con la que lograr la certeza del derecho. Para ello, entre los años 530 y
531, promulgó una serie de constituciones conocidas como Quinqua-
ginta decisiones que se incorporaron al Codex en el año 5341.
De entre estas constituciones se encuentra la que soluciona las
cuestiones existentes entorno a la aceptación de la herencia que el
emperador resuelve de manera autoritaria con la redacción de una
regulae iuris con la que se prohíbe la aceptación y la repudiación
parcial de la misma. Esta es la constitución que nos proponemos
analizar y que figura compilada en el C. 6,30,20 (a. 531).
En ella el emperador resuelve una consulta formulada por el Pre-
fecto del Pretorio Juan que, a la sazón era Juan de Capadocia2 que,
con Triboniano, fue un estrecho colaborador de Justiniano y ambos
fueron los artífices de la ejecución de su política3.
1 DI MARZO, S., Le quinquaginta decisiones. Vol. II, Palermo, 1899, p. 65.
2 MARTINDALE, J. R., The prosopography of the later roman empire. Vol.
III, A. D. 527-641. Cambridge, 1992, pp. 627 ss.
3 Entre otros, AA.VV, Lineamenti di Storia del Diritto Romano, sotto la dire-
zione di M. Talamanca, 2ª ed., Milano 1989, pp. 634 ss. También fue presidente de

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