La afectación a la libre circulación de personas en la unión europea como consecuencia de las respuestas nacionales a la pandemia de covid-19

AutorDueñas Castrillo, Andrés Iván ; Fernández Cañueto, Daniel; Guerrero Vázquez, Pablo ; Moreno González, Gabriel
Páginas215-231
LA AFECTACIÓN A LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS
EN LA UNIÓN EUROPEA COMO CONSECUENCIA DE LAS
RESPUESTAS NACIONALES A LA PANDEMIA DE COVID-19
LA AFECTACIÓN A LA LIBRE CIRCULACIÓN DE PERSONAS EN LA UNIÓN EUROPEA COMO...
ALBERTO MACHO CARRO
Investigador predoctoral en el área de Derecho Constitucional
Universidad de Valladolid
1. INTRODUCCIÓN
La expansión de la pandemia de Covid-19 originada en China a finales de
2019 no tardó en golpear Europa de forma especialmente intensa. A principios
de marzo de 2020, primero Italia y después la práctica totalidad de los Estados
miembros de la Unión Europea se vieron obligados a adoptar drásticas medidas
de confinamiento para tratar de frenar la propagación del virus y evitar así el co-
lapso de sus respectivos sistemas sanitarios. Sin embargo, las medidas impuestas
por los países europeos no se limitaron a restringir la movilidad dentro de sus
propios territorios, sino que en la mayoría de los casos también se tradujeron en
la adopción de diversas limitaciones a la libre circulación de personas a través
de sus fronteras.
En el presente trabajo se analizan las diversas decisiones adoptadas en mate-
ria de fronteras por los Estados integrantes del espacio Schengen como respuesta
a la pandemia de coronavirus y su adecuación al Derecho de la Unión Europea.
Igualmente, al hilo de este análisis se irá desglosando el papel de coordinación
desplegado por las instituciones comunitarias en su intento por lograr una afec-
tación de la libre circulación de personas en todo el territorio de la Unión lo más
leve y homogénea posible. Al fin y al cabo, de acuerdo con el artículo 3.2 TFUE «la
Unión ofrecerá a sus ciudadanos un espacio de libertad, seguridad y justicia sin
fronteras interiores, en el que esté garantizada la libre circulación de personas
conjuntamente con medidas adecuadas en materia de control de las fronteras
exteriores, asilo, inmigración y de prevención y lucha contra la delincuencia».
Como se verá, esta actividad de coordinación se ha desarrollado fundamental-
mente por medio de instrumentos de soft-law.
En primer lugar, se estudiará la reintroducción de controles en las fronteras
interiores del espacio Schengen y su grado de adecuación a la normativa corres-
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pondiente. Para ello, se verá cuáles son las circunstancias excepcionales que
habilitan a los Estados miembros de esta área de integración para restablecer
controles fronterizos con sus socios, qué garantías deben satisfacerse cuando se
imponen estas medidas y cuál es su impacto sobre la libre circulación de perso-
nas. Además, se desgranarán las directrices emitidas por la Comisión Europea
sobre esta cuestión al objeto de minimizar el impacto sobre el mercado interior.
En segundo lugar, se analizarán las restricciones de viaje decretadas por los
países de la Unión Europea sobre los ciudadanos comunitarios nacionales de
otros Estados miembros. Un tipo de medidas también generalizadas a causa de
la pandemia pero que, a diferencia de los controles fronterizos, resultan inéditas
en el interior de la UE y, como se verá, profundamente más limitativas del derecho
a la libre circulación de personas.
Para concluir, se estudiará también el cierre de las fronteras exteriores de la
Unión Europea y el papel determinante que las instituciones comunitarias han
desempeñado de cara a coordinar las decisiones de los distintos Estados miem-
bros sobre esta cuestión.
2. LA REINTRODUCCIÓN DE CONTROLES EN LAS FRONTERAS
INTERIORES DEL ESPACIO SCHENGEN A CAUSA DE LA PANDEMIA DE
COVID-19 Y SU COBERTURA JURÍDICA
Una de las primeras decisiones adoptadas por varios Estados del espacio
Schengen para hacer frente a la propagación de la pandemia de Covid-19 fue la
de reintroducir controles en todas o algunas de sus fronteras interiores. Como
apunta Thym (2020), aunque su virtualidad para contener la expansión del vi-
rus pueda resultar discutible, «it is no coincidence that borders play a prominent
role in the fight against the coronavirus, since they can fulfil important symbolic
functions transcending the practical effects of more police checks». De hecho,
como se verá a continuación, la implantación de controles fronterizos internos
es una medida a la que algunos países del espacio Schengen venían recurriendo
con frecuencia desde hace unos años. Hasta el punto de que en ciertos casos solo
han tenido que limitarse a prorrogar los controles que ya tenían incorporados.
En cualquier caso, es importante resaltar que estas medidas no equivalen al
cierre total de las fronteras nacionales, sino que únicamente limitan los puntos
de entrada a un país, y, en principio, encuentran cobertura jurídica en el Código
de fronteras Schengen1 (CFS).
1 Reglamento (UE) 2016/399 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de marzo de 2016 por el
que se establece un Código de normas de la Unión para el cruce de personas por las fronteras (Código de
fronteras Schengen).

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