La afectación de bienes en el ámbito del derecho de la persona, la familia y la sucesión. Una propuesta de regulación para el derecho español, de Sonia MARTÍN SANTISTEBAN

AutorCésar Hornero Méndez
CargoUniversidad Pablo de Olavide (Sevilla)
Páginas2461-2464
Rev. Crítica de Derecho Inmobiliario, N.º 792, págs. 2461 a 2464. Año 2022
2461
MARTÍN SANTISTEBAN, Sonia, La afectación de bienes en el ámbito del derecho
de la persona, la familia y la sucesión. Una propuesta de regulación para el
derecho español, Tirant lo Blanch, Valencia, 2020, 230 pp.
por
CÉSAR HORNERO MÉNDEZ
Universidad Pablo de Olavide (Sevilla)
El mundo se ha hecho pequeño. Desde luego, jurídicamente hablando ha
sucedido así. Esto explica que aquello que nos parecía lejano o distante, extraño
desde un punto de vista jurídico, ya no lo sea tanto. En esa cercanía obtenida
por esta superación o acortamiento de las distancias hay que situar esa no tan
nueva mirada sobre el trust que se viene produciendo en los países del Derecho
civil continental. Esa suerte de patrimonio separado y afectado a un fin —todo a
la vez, por utilizar nuestras categorías, las clásicas manejadas por DE CASTRO—,
siempre se contempló como una figura genuina del Common Law y, sobre todo,
intransferible e implanteable en los países del Civil Law. Desde hace tiempo, no es
reciente, se viene asistiendo a un cambio de actitud y de disposición hacia el trust
en nuestro entorno, en los países latinos (aunque no nos convenza mucho esta
denominación), habiéndose pasado desde el completo rechazo —era un ejemplo
recurrente para señalar la distancia insalvable, la imposibilidad de coincidencia en
este punto, entre los dos grandes sistemas jurídicos occidentales— hasta quienes
propugnan su incorporación, con las adaptaciones pertinentes, al ordenamiento
jurídico propio. En este último grupo, el de los que se plantean la adopción del
trust, hay quien se manifiesta con un entusiasmo propio, si se nos permite la exa-
geración, de conversos, que ante su contemplación, lo confieso, cabe preguntarse
cómo hemos podido llegar hasta aquí sin contar con esta panacea en nuestro
Derecho privado. Sin ánimo de provocar (ni por supuesto de caricaturizar), tras
la lectura de algunos de los trabajos y aportaciones de quienes se mueven en este
registro, uno se interroga —no les diré que con angustia porque les mentiría—,
sobre cómo hemos podido vivir sin contar con el trust.
A este grupo (pro-adopción del trust, puede denominarse) pertenece de for-
ma destacada, por mérito propio, la Profesora Martín Santisteban, autora de
la monografía objeto de esta reseña. Se trata, sin duda, de una de las mejores
conocedoras y expertas sobre el trust con la que contamos en nuestro país, algo
acreditado por su intensa dedicación al tema, fruto de la cual son las numerosas
e importantes publicaciones que ha entregado sobre el mismo. Y entiendo que
no solo es una profunda conocedora del trust sino que también es una entusiasta
defensora de su inclusión (adaptada, desde luego) en nuestro sistema jurídico.
Es más, me atrevo a pensar que en algunos momentos, consciente de ello, trata

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