Real Decreto 2296/1981, de 3 de agosto, sobre señalización de carreteras, aeropuertos, estaciones ferroviarias, de autobuses y marítimas y servicios públicos de interés general en el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas.
Marginal | BOE-A-1981-23168 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Presidencia del Gobierno |
Rango de Ley | Real Decreto |
ABIERTO EL PROCESO DE TRANSFERENCIA DE COMPETENCIAS Y SERVICIOS A LAS COMUNIDADES AUTONOMAS Y ESTABLECIDA EN ALGUNA DE ELLAS LA COOFICIALIDAD DEL CASTELLANO Y DE LA LENGUA PROPIA DE LA COMUNIDAD, SE HACE NECESARIO DICTAR, AL AMPARO DE ARTICULO CIENTO CUARENTA Y NUEVE PUNTO UNO PUNTO VEINTIUNO DE LA CONSTITUCION, LA NORMATIVA NECESARIA PARA ACOMODAR A DICHA REALIDAD LA DISPOSICION VIGENTE SOBRE SEÑALIZACION EN MATERIA DE CARRETERAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, DANDO ASI, POR OTRA PARTE, CUMPLIMIENTO A LOS ACUERDOS INTERNACIONALES SUSCRITOS POR ESPAÑA
EN SU VIRTUD, A PROPUESTA DE LOS MINISTROS DEL INTERIOR, DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO, DE TRANSPORTES, TURISMO Y COMUNICACIONES Y DE ADMINISTRACION TERRITORIAL Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA TREINTA Y UNO DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO, DISPONGO:
PRIMERA.-LAS INDICACIONES ESCRITAS QUE SE INCLUYAN O ACOMPAÑEN A LOS PANELES DE SEÑALIZACION DE LAS CARRETERAS FIGURARAN BIEN EN IDIOMA CASTELLANO, BIEN EN DICHO IDIOMA Y EN LA OTRA LENGUA OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA
SEGUNDA.-LOS NUCLEOS DE POBLACION Y DEMAS TOPONIMOS SERAN DESIGNADOS EN SU DENOMINACION OFICIAL Y, CUANDO FUESE NECESARIO A EFECTOS DE INDENTIFICACION, EN CASTELLANO
TERCERA.-EN LOS PASOS FRONTERIZOS Y RECINTOS DE ADUANAS , LAS SEÑALIZACIONES FIGURARAN EN IDIOMA CASTELLANO
CUARTA.-LA SEÑALIZACION DE ESTACIONES FERROVIARIAS, DE AUTOBUSES O MARITIMAS Y AEROPUERTOS ABIERTOS AL TRAFICO COMERCIAL SE EFECTUARA EN IDIOMA CASTELLANO, ASI COMO, EN SU CASO, EN EL OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA. LA NORMA SERA DE APLICACION A LA SEÑALIZACION DE INSTALACIONES DE INTERES PUBLICO GENERAL
DADO EN PALMA DE MALLORCA A TRES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO.-JUAN CARLOS R. -EL MINISTRO DE LA PRESIDENCIA, PIO CABANILLAS GALLAS
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