DECRETO 102/1987, de 30 de abril, sobre adscripción de funciones a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 14-05-1987 Nº Boletín: 66 / 1987

DECRETO 102/1987, de 30 de abril, sobre adscripción de funciones a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León en materia de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.

El Real Decreto 515/1987, de 3 de abril, traspasó a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León funciones en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

En su virtud y a tenor de lo dispuesto en el artículo 3.h) de la Ley 1/1983, de 29 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Bienestar Social y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 30 de abril de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1 º-Atribuir el ejercicio de las funciones traspasadas por el Real Decreto 515/1987, de 3 de abril, en materia de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León.

Art. 2.º-Facultar al Consejero de Bienestar Social para dictar cuantas normas sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 30 de abril de 1987.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JOSE CONSTANTINO NALDA GARCIA

El Consejero de Bienestar Social,

Fdo.: ANTONIO ARAUZO GONZALEZ

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