DECRETO 125/1984 de 15 de noviembre, sobre adscripción de funciones y servicios en materia de Industria, Energía y Minas.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Energia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 125/1984 de 15 de noviembre, sobre adscripción de funciones y servicios en materia de Industria, Energía y Minas.

El Real Decreto 1779/84, de 18 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 6 de octubre de 1984, ha aprobado el acuerdo de la Comisión Mixta, por el que se transfieren funciones del Estado en materia de Industria, Energía y Minas a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como los correspondientes medios personales, materiales y presupuestarios.

Corresponde ahora, señalar el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma que debe ejercer estas atribuciones y adscribir los medios y servicios traspasados, función que corresponde a la Junta de Castilla y León, según el artículo 3 de la Ley de Gobierno y de la Administración.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Industria, Energía y Trabajo y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del 15 de noviembre de 1984.

DISPONGO:

Artículo 1º Se atribuye a la Consejería de Industria, Energía y Trabajo las funciones y servicios, en materia de industria, energía y minas, traspasados por el Real Decreto 1779/84 de 18 de julio.

Art. 2º. -Se autoriza a la Consejería de Industria, Energía y Trabajo a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución del presente Decreto.

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, 15 de noviembre de 1984.

El Consejero de Industria, Energía y Trabajo,

Fdo.: DATIVO MARTIN JIMENEZ

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