DECRETO 156/1995, de 20 de junio, de modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía por el que se adscriben a la Consejería de Cultura, determinados puestos de trabajo procedentes de la desaparecida Consejería de Asuntos Sociales. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

En virtud del Decreto del Presidente 148/1994, de 2 de agosto se asignan a la Consejería de Cultura las competencias previstas en la Ley 7/1986 de 6 de mayo, de comunidades andaluzas, así como las relativas al voluntariado y las que se atribuían con anterioridad a la Consejería de Asuntos Sociales a través de la Dirección General de Juventud, adscribiéndose a su vez, a la Consejería de Cultura el Consejo de la Juventud de Andalucía. Posteriormente, el Decreto 259/1994, de 13 de septiembre, de estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura atribuye a la Viceconsejería la relación con las comunidades andaluzas y crea la Dirección General de Juventud y Voluntariado en la que obviamente se integran todos los puestos de la Dirección General de la Juventud de la desaparecida Consejería de Asuntos Sociales y a la que se adscribe como servicio administrativo sin personalidad jurídica la Escuela Pública de Tiempo Libre y Animación Sociocultural.

El presente Decreto tiene por objeto concretar la adscripción, tanto en servicios centrales como en las delegaciones provinciales, de otros puestos afectados por el traspaso de competencias, adaptando la relación de puestos de trabajo de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Cultura y en ciertos puestos de la correspondiente a la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 letra d) de la Ley 9/1987 de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas en la redacción dada por la Ley 7/1990 de 19 de julio sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General, así como en la Comisión del Convenio previsto en el IV Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Andalucía. En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Decreto 390/86 de

10 de diciembre, de elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación de acuerdo con las consejerías...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR