Decreto 1/2002, de 10 de enero, por el que se adscriben funciones y servicios transferidos por la Administración del Estado en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social (Insalud).

SecciónI - Principado de Asturias
Rango de LeyDecreto

Por Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de la Administración del Estado al Principado de Asturias adoptado en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2001 y aprobado por Real Decreto 1471/2001, de 27 de diciembre, se traspasan al Principado de Asturias funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud en materia de gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Procede, como consecuencia del citado traspaso, adscribir de forma expresa a los órganos correspondientes de la Administración del Principado de Asturias tales funciones y servicios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Administraciones Públicas y Asuntos Europeos y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 10 de enero de 2002, D I S P O N G O Artículo único Se adscriben a la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios, y al Servicio de Salud del Principado de Asturias en los términos previstos en el artículo 4 de la Ley 1/1992, de 2 de julio, las funciones y servicios en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social gestionados por el Instituto Nacional de la Salud y transferidos por la Administración del Estado al Principado de Asturias por Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias adoptado en sesión celebrada el día 26 de diciembre de 2001, en los términos y condiciones especificados en dicho acuerdo.

Disposiciones Finales
Disposición final primera La Consejería de Salud y Servicios Sanitarios elevará al Consejo de Gobierno las propuestas de modificación de sus estructuras orgánicas al objeto de incorporar las funciones y servicios traspasados a los órganos que estime procedentes.
Disposición final segunda Se faculta a los Consejeros de Salud y Servicios Sanitarios, Hacienda y Administraciones Públicas y Asuntos Europeos para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto y para adoptar las medidas precisas para la plena efectividad y ejecutividad práctica de las funciones traspasadas.

Dado en Oviedo, a 10 de enero de 2002.-El Presidente del Principado, Vicente Alvarez Areces.-La Consejera de Administraciones Públicas y Asuntos...

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