La adquisición de la responsabilidad desde la perspectiva de una psicología integral.

AutorIsabel Araceli Hoyo Sierra .Germán Pastorini Correa
Cargo del AutorAcadémico correspondiente y Prof. URJC. Lic. en Psicología.Atmavidhya-Investigación y Desarrollo de la Conciencia.
Páginas37-64

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Germán Pastorini Correa1

1. Introducción

Pese a que jurídicamente por responsabilidad se entiende primordialmente la deuda, o la obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otro, a consecuencia de delito, de una culpa o de cualquier otra causa legal, nosotros vamos a emplearlo aquí en el sentido, también jurídico, de la locución de responsabilidad para significar persona de posibles y, por tanto, persona digna de crédito. De donde deriva, confianza y credibilidad, algo ciertamente exigible a un sujeto jurídico.

Si bien, vamos a dar un paso más, y a considerar que la responsabilidad, es decir, la confianza o credibilidad que puede inspirar una persona depende muy estrechamente de la capacidad o habilidad que esta persona tenga para dar, ante circunstancias determinadas, la respuesta adecuada y, por tanto, la respuesta social y moralmente aceptable que el Derecho exige o permite.

La adquisición de esta habilidad para dar una respuesta social y moralmente aceptable depende de múltiples factores que cabe sintetizar en dos dimensiones. Por un lado, depende del correcto desarrollo del ser humano, Page 38 por el otro, de la complejidad de la situación a la que éste deba responder. La primera dimensión es tenida en cuenta por el ordenamiento jurídico al graduar, en función de la edad, el reconocimiento de la capacidad de obrar. La segunda, al estatuir que la asunción de determinados cargos o posiciones en la colectividad exigen un plus de control a la presunción de responsabilidad, por lo que el candidato deberá acreditar la posesión de conocimientos especiales, irreprochabilidad en sus antecedentes e incluso una garantía del correcto estado de su salud mental en el momento de ocupar una posición o cargo que supone la asunción de responsabilidades que no sólo afectan a su persona y patrimonio, sino al bienestar de la colectividad. Por más que haya que reconocer la existencia de serías deficiencias en la aplicación de estos controles a las que no resultan ajenas la propia elección de criterios empíricos con escasa validez predictiva.

Sea como sea, en ambas circunstancias el Derecho está reconociendo la naturaleza de las cosas, ya que, por un lado resulta innegable que para poder participar en la vida jurídica el ser humano deberá atravesar por una serie de estadios de desarrollo antes de ser capaz de asumir responsabilidades, y a que, por otro lado, el equipamiento biológico, la cultura y la propia complejidad de la organización social exigen el establecimiento de criterios empíricos que garanticen el acceso de los más capaces, o al menos de los capaces, a la asunción de las responsabilidades más complejas.

Ahora bien, a nuestro juicio ha llegado el momento de que los juristas puedan acceder, con el auxilio de la Psicología integral elaborada por el filósofo norteamericano Ken Wilber2, a un conocimiento más profundo sobre el fundamento que posee el criterio de la edad del menor para el reconocimiento paulatino de la madurez precisa para actuar como sujeto jurídico, ya que a fin de cuentas, el Derecho sigue siendo "ciencia de lo justo y de lo injusto mediante el conocimiento de la realidad humana y divina" y, no puede, por tanto, progresar dando la espalda a los avances que el conocimiento de lo humano ha realizado, so pretexto de que el modelo antropológico del Derecho nada tiene que ver con los seres concretos cuya vida regula, porque esto, como veremos, ciertamente no es así.

En este empeño procederemos del siguiente modo.

En primer lugar presentaremos al autor y su obra, a fin de que puedan ir calibrando la importancia que tiene para el Derecho un planteamiento que permite superar las barreras establecidas por el positivismo científico entre Page 39 las Ciencias Naturales, las Ciencias Sociales y el Derecho. A continuación, abordaremos el análisis de cómo el ser humano adquiere la capacidad de dar respuestas de forma responsable, es decir, cómo se convierte en agente racional consciente, interactivo y responsable, por ajustarnos a la magnífica definición que Ángel Sánchez de la Torre realiza del sujeto jurídico. Hecho esto, realizaremos un somero análisis del paulatino reconocimiento que el Derecho va teniendo hacia el menor a medida que éste adquiere una conciencia racional, y va poseyendo la autonomía necesaria para interactuar con otros sujetos jurídicos de manera responsable. Por último, dejaremos abierta para otra ocasión la cuestión de la oportunidad de optar por criterios más adecuados para la selección de los más capaces, así como el análisis de la elaboración, por parte de la jurisprudencia de criterios fundados en las Ciencias médicas y psicológicas para prolongar la patria potestad del menor que no alcanza con la edad la madurez precisa, o para inca- pacitar al adulto que habiendo adquirido dicha madurez, presenta por causa de enfermedad un menoscabo temporal o definitivo de la misma. Esperando, con ello mostrar, la necesidad de que el jurista además de conocer la existencia de los criterios empíricos, entienda la necesidad de comprender su profundo sentido.

2. Vida y obra del filósofo norteamericano Ken Wilber

Cuando la integridad de un ser humano se refleja en su obra nos encontramos ante la posibilidad de presentar ésta como la resultante de una búsqueda personal apasionada y apasionante de la que el autor nos hace partícipes. Esto es, sin duda, lo que explica que su ingente obra3 haya gozado de un éxito editorial sin parangón desde que, a sus apenas veintitrés años, escribiera su primer libro: El espectro de la conciencia4, obra en la que ya demuestra un particular talento para encontrar los principios fundamentales de una visión del individuo y de la realidad capaces de integrar el pensamiento oriental y occidental, los hallazgos científicos y el pensamiento tradicional. Empeño en el que no ha cejado, pues Ken Wilber es hoy un filóso- Page 40 fo que aspira ni más, ni menos, que a esbozar una Filosofía mundial o Cosmología cuyo rasgo más distintivo va a ser, sin duda, el de su inclusividad, lo que denota la posesión, por parte de este autor, de una característica personal bien rara en nuestros tiempos. Para comprender su método basta con aprehender la sabiduría que encierran las siguientes palabras: "yo no creo -escribe con humor Wilber- que exista una mente humana capaz de cometer un 100% de errores", por lo que en lugar de buscar lo erróneo en un pensamiento o planteamiento, busca el acierto o lo que él denomina "generalización orientadora" o verdad amplia y general sobre la que existe poco o ningún desacuerdo en el campo de conocimiento del que la extrae. Hecho esto, Wilber tratará de incorporarla a un sistema capaz de incluir -de forma coherente- el mayor número de estas verdades o "generalizaciones orientadoras". Articulado el esquema global, Wilber va a emplearlo como sistema de referencia que le permite criticar la parcialidad de los enfoques más limitados.

Me adelanto a las sospechas que esta actitud en nuestros tiempos pueda suscitar. ¿No concebimos acaso la coordinación de las ciencias como una pretensión de fusión o confusión entre las mismas denominada eclecticismo? Por lo que me anticipo a discrepar compartiendo la afirmación de Jack Crittenden5: "el enfoque de Wilber es cualquier cosa menos ecléctico", su revisión crítica del materialismo reduccionista científico no puede ser más implacable, su apertura a las verdades premodernas, modernas y postmodernas no revela una búsqueda, sino el encuentro con el conocimiento que durante siglos el ser humano ha sido capaz de acumular ante el cual todo el mundo parece rendirse, pero la mejor prueba de que no nos hallamos ante un eclecticismo la tenemos en la naturaleza de las críticas que su pensamiento suele suscitar, ya que dichas críticas nunca apuntan a una verdad admitida, sino a un pensamiento o interpretación parcial no admitido por el autor. Lo que sucede es que Wilber no comparte ni uno sólo de los prejuicios que mantienen separadas a las ciencias entre sí, y a estas de los planteamientos filosóficos o incluso religiosos. Lo que subrayamos para que pueda entenderse esta perspectiva inclusiva de su pensamiento que hace acreedora a su Psicología del adjetivo de integral.

En opinión de Ken Wilber, nos explica Frank Visser6, toda empresa de conocimiento:

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  1. Se atiene a un determinado procedimiento que

  2. Genera una cierta percepción

  3. Que luego puede compararse (y validarse o refutarse) con la percepción de todos aquellos que hayan completado los dos primeros pasos. Y puesto que esto es así, en su Psicología integral cabe incluir los conocimientos de las Ciencias naturales, los conocimientos de las Humanidades y Ciencias sociales, tanto como los conocimientos de las Ciencias espirituales7. En efecto, como el propio Wilber reconoce, su interés por la conciencia le ha llevado de la psicología a la sociología, de esta a la antropología, la filosofía, la teoría política y las ciencias naturales sin que, en ningún momento haya abandonado por ello el motivo principal de su obra, que no es otro que el conocimiento de la conciencia y el estudio de su despliegue evolutivo.

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