SAP Madrid 64/2004, 29 de Enero de 2004
Ponente | Dª. MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE |
ECLI | ES:APM:2004:1165 |
Número de Recurso | 987/2003 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 64/2004 |
Fecha de Resolución | 29 de Enero de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 24ª |
Dª. MARIA DEL CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLED. FRANCISCO JAVIER CORREAS GONZALEZD. ANGEL SANCHEZ FRANCO
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION 24ª
Rollo nº: 987/03
Autos nº: 1178/02
Procedencia: Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid
Apelante: Dña. María Consuelo
Procurador: D. FERNANDO RUIZ DE VELASCO Y MARTINEZ DE ERCILLA
Apelado: COMISION TUTELA MENOR COMUNIDAD DE MADRID
MINISTERIO FISCAL.
Ponente: Ilma. Sra. Dª CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE
S E N T E N C I A Nº 64
Magistrados:
Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Correas González
Ilmo. Sr. D. Angel Sánchez Franco
Ilma. Sra. Dª CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE
En Madrid, a veintinueve de enero de dos mil cuatro.
Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección 24ª de esta Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Impugnación de Tutela con el nº 1178/02, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid.
De una, como apelante, Dña. María Consuelo, representada por el Procurador Sr. D. FERNANDO RUIZ DE VELASCO Y MARTINEZ DE ERCILLA.
Y de otra, como apelados COMISION TUTELA MENOR COMUNIDAD MADRID, asistidos de la Letrada Dña. MARIA CARMEN MARTINEZ TERRÓN.
Y siendo parte el Ministerio Fiscal.
VISTO, siendo Magistrado Ponente la Ilma. Sra. Dª CARMEN GARCIA DE LEANIZ CAVALLE.
La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
Que en fecha, diez de junio de dos mil tres por el Juzgado de 1ª Instancia nº 25 de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " Que debo desestimar y DESESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Ruiz de Velasco y Martínez de Ercilla, en representación de Dña. María Consuelo, contra la COMUNIDAD DE MADRID (Instituto Madrileño del Menor y de la Familia) confirmando la Resolución de 11 de julio de dos mil dos en el expediente 910/01 sobre adopción internacional dictada por la entidad demandada.
Sin expresa condena sobre las costas procesales."
Notificada la anterior resolución se preparó e interpuso recurso de apelación por la representación de Dña. María Consuelo al que se opuso la contraria en escritos obrantes en autos.
Mediante providencia de fecha veintinueve de diciembre de dos mil tres se señaló el día veintiocho de enero de dos mil cuatro para deliberación, votación y fallo.
Que en la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido las prescripciones legales.
La sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia nº 25 de esta capital el 10 de junio de 2003 es recurrida en apelación por la representación procesal de Dña. María Consuelo interesando la revocación y nueva resolución en la que se declare la idoneidad de la recurrente para proceder a la adopción que le ha sido denegada.
Entiende la recurrente que la sentencia combatida infringe lo dispuesto en los arts.58 de la Ley 6/95, de 28 de marzo, el art.8 de la Orden 175/91, de 18 de marzo, en relación con el art.87 de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba