Las relaciones entre la Administración del Estado y las Administraciones territoriales

AutorM. a Ángeles González García
Cargo del AutorDirectora General de Cooperación Autonómica del Map
Páginas1011-1019

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  1. Tras veinte años de vigencia de nuestra Constitución el interés por lasAdministraciones territoriales distintas de la Administración del Estado sedirige y centra ya no sólo en su existencia, sino en las relaciones que se producen entre las diferentes Administraciones públicas estatal y territoriales.

    En el análisis de la historia y el desarrollo de nuestro modelo de Estado autonómico se partede la aprobación de la Constituciónde 1978. Sinembargo, no sedebería olvidar que al referirnos a sus inicios deberíamos remontarnos a una etapa anterior: la de la existencia de los denominados Regímenes Preautonómicos.

    Su existencia se inicia con el Real Decreto-Ley 41/1977, de 29 de septiembre, por el que se restablece la Generalidad de Cataluña; seguido por el Real Decreto-Ley 1/1978, de 4 de enero, que estableceel régimen preautonómicopara el País Vasco. Reales Decretos-Leyes que fueron seguidos por sucesivas normas de rango equivalente y que organizaron lo que sería el origen de las diferentes Comunidades Autónomas.

    Los diferentes Reales Decretos-Leyes fueron complementados y desarrollados por normas que estaban referidas tanto a sus diferentes órganos de Gobierno como a la adscripción de funcionarioso a la organización de los servicios propios. También los órganos de Gobierno de los denominados «Entes preautonórnicos» podrían dictar sus propias normas reglamentarias de régimen interior o de funcionamiento interno.

    En uso de lasdiferentes facultades que tenían atribuidas los Entes preautonómicos, procedieron a crear su «propia organización administrativa» que comenzaba a relacionarse con la Administración del Estado, especialmente en un ámbito específico como fue todo el proceso de transferencia de servicios desde la Administración estatal a los Entes preautonómicos.

    El nacimiento de lasAdministraciones territoriales autonómicas tiene lugara partir del núcleo de organización administrativa que se va a configurar desde el funcionamiento inicial de los Entes preautonómicos que sedotaron de los medios necesarios para poner en marcha sus respectivas Administraciones públicas.

    La aprobaciónde los Estatutos de Autonomía, el desarrolloinstitucional de lasComunidades Autónomas y la progresiva asunción del ejercicio efectivo de sus competencias, mediantelos traspasos de servicios, permitió a las Comunidades Autónomas dotarse de unas organizaciones administrativas desarrolladas para llevar a cabo la prestación de servicios en su territorio.

    También parece necesario recordar que el proceso de traspaso de servicios seordena en nuestro sistema territorial a partir de una metodología y de unas técnicas que implican que la parte de los efectivos personales que la Administración del Estado destinaba a la prestación de los servicios fue-1011

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    ran trasladados a las Comunidades Autónomas a través del citado procedimiento. A la vez, la Administración del Estado vería reducidos sus efectivos personales en los mismos términos en que las 17 Comunidades Autónomas van recibiendo los correspondientes traspasos.

    Las propias Comunidades Autónomas seleccionarán después, mediante los procedimientos legales establecidos, sus propios efectivos para complementar los medios recibidos desde la Administración del Estado y para atendera las necesidades derivadas de su organización administrativa propia y específica.

  2. Las relaciones entre el Estado y lasComunidades Autónomas a lo largo de estos veinte años han experimentado una profunda evolución.

    Esta evolución ha estado unida en gran medida a la propia dinámica y desarrollodel Estado autonómico, de tal manera que las circunstancias o las condiciones presentes en sus diferentes etapas no sólo han influido, sino que han configurado el contenido de estas...

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