Adjudicación de herencia previa segregación. Divergencia entre representación gráfica alternativa y licencia.

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: Notarios y registradores deben exigir en las parcelaciones las licencias municipales (o declaraciones equivalentes) que sean exigibles por la legislación aplicable. Escritura e inscripción deben acomodarse a la licencia y no pueden modificar los términos en los que se concedió.

Hechos. Se cuestiona la inscripción de una escritura de herencia que documenta la segregación de una finca procedente de concentración parcelaria, aportándose como documentación para dicha operación lo siguiente: proyecto técnico conforme al cual se otorga la licencia de segregación y el informe de validación gráfica catastral con el CSV que comprende el resto de finca matriz y las parcelas segregadas.

El problema que se plantea es que las superficies de las parcelas segregadas y resto de finca matriz que consta en proyecto y licencia no coinciden con el informe de validación gráfica alternativa. Incluso no coincide el número de fincas resultantes al haber individualizado como parcela la superficie de terreno destinado a viales, lo que se trata de solucionar distinguiendo en cada parcela entre “superficie bruta” y “superficie”..

Registradora: (i) No inscribe por la incongruencia existente entre los documentos presentados, de la que resultan divergencias que afectan a la descripción y superficie de las fincas. Alega como posibilidad que ”incluso se podría incumplir” las disposiciones relativas a la unidad mínima de cultivo; (ii) dado que el recurrente solicita la inscripción de la finca resto, deniega la inscripción parcial porque las diferencias denunciadas pueden afectar a cualquiera de las fincas resultantes (segregadas y resto).

Recurrente: Alega que sólo solicita la inscripción de la finca resto, cuya superficie y coordenadas coinciden con las del informe técnico que sirvió de base para la licencia. Dice que, de existir discrepancias, afectarían a la superficie neta del resto de las fincas.

Resolución: Desestima el recurso y confirma la calificación.

Doctrina:

FALTA DE CORRESPONDENCIA ENTRE FINCAS DOCUMENTADAS Y LICENCIA.

En el presente caso no concurre la necesaria correspondencia que debe existir entre las operaciones documentadas y la licencia que las autoriza, pues no coinciden las superficies resultantes con las de la licencia, ni resultan el mismo número de fincas o su configuración.

RÉGIMEN DE LAS LICENCIA MUNICIPALES.

La licencia municipal o la declaración de innecesariedad cumplen con la función de acreditar la legalidad administrativa y...

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