ORDEN 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, por la que se adecuan y adaptan los precios máximos de venta y arrendamiento de las viviendas con protección pública a lo dispuesto en el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11 de enero.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Vivienda
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 14/2008, de 11 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio de 2005, sobre medidas de financiación de actuaciones protegidas en materia de vivienda y suelo del Plan 2005-2008 del Ministerio de Vivienda, ha establecido la nueva cuantía del precio básico a nivel nacional y la modificación de los coeficientes de los ámbitos territoriales de precio máximo superior.

Procede la adaptación y adecuación de los precios máximos de las viviendas de nueva construcción en regímenes de venta y de alquiler, de las promociones públicas y privadas de viviendas sujetas a algún régimen de protección pública, es decir, Vivienda con Protección Pública de la Comunidad de Madrid, en consonancia con lo dispuesto por el Real Decreto 801/2005 y su modificación por Real Decreto 14/2008.

En su virtud, en ejercicio de la competencia atribuida a la Comunidad de Madrid en materia de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda por el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía y conforme con el Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y el artículo 12 del Decreto 40/2007, de 28 de junio, y el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Zonificación del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
a efectos de determinación de los precios máximos de venta
de las viviendas protegidas

A efectos de determinar el precio máximo de venta por metro cuadrado de superficie útil de las viviendas protegidas se consideran las zonas declaradas ámbitos territoriales de precio máximo superior, comprensivas de los municipios que se enumeran en cada caso:

Zona A: Integrada por los municipios de precio máximo superior del grupo A.

Alcobendas, Las Rozas de Madrid, Madrid, Majadahonda, Pozuelo de Alarcón y San Sebastián de los Reyes.

Zona B: Integrada por los municipios de precio máximo superior del grupo B.

Ajalvir, Alcalá de Henares, Alcorcón, Algete, Aranjuez, Arganda del Rey, Arroyomolinos, Boadilla del Monte, Brunete, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Villalba, Colmenarejo, Colmenar Viejo, Coslada, El Escorial, Fuenlabrada, Fuente el Saz de Jarama, Galapagar, Getafe, Humanes de Madrid, Leganés, Mejorada del Campo, Moraleja de Enmedio, Móstoles, Navalcarnero, Paracuellos de Jarama, Parla, Pinto, Rivas-Vaciamadrid, San Fernando de Henares, San Lorenzo de El Escorial, San...

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