Resolución de 27 de diciembre de 1993, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 1993 por el que se dictan instrucciones para uniformar y limitar la cuantía de las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo de los altos cargos y personal directivo del sector público estatal.

MarginalBOE-A-1993-31174
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio Para Las Administraciones Públicas
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 17 de diciembre de 1993, adoptó un Acuerdo, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, por el que se dictan instrucciones para uniformar y limitar la cuantía de las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo de los altos cargos y personal directivo del Sector Público Estatal.

Para general conocimiento se dispone la publicación del citado Acuerdo como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 27 de diciembre de 1993.-El Subsecretario, Francisco Hernández Spínola.

ANEXO

Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se dictan instrucciones para uniformar y limitar la cuantía de las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo de los altos cargos y personal directivo del Sector Público Estatal La dispersión existente en la actualidad en el tratamiento dado a las indemnizaciones por el cese o extinción del contrato de trabajo de altos cargos y directivos en el Sector Público Estatal hace conveniente dictar unas instrucciones tendentes a establecer unos criterios de uniformidad en el reconocimiento de este tipo de indemnizaciones. Ello sin perjuicio de que para evitar dar a situaciones diferentes idéntico tratamiento se tomen en consideración las distintas circunstancias concurrentes en la Administración General del Estado, Organismos autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, Entes Públicos y Empresas públicas al objeto de determinar los tipos y cuantías de las indemnizaciones que se consideren admisibles en cada uno de los ámbitos respectivos.

Por otra parte, teniendo en cuenta la actual coyuntura económica y las medidas aprobadas en materia de contención del gasto público, en especial las que afectan al régimen retributivo de los empleados públicos, se hace preciso adoptar medidas tendentes a limitar las cantidades económicas que los altos cargos y personal directivo pueden percibir como compensación por su cese o extinción del contrato de trabajo.

A los efectos indicados, se somete al Consejo de Ministros la adopción del siguiente Acuerdo:

Los nombramientos de altos cargos y contratos de alta dirección que en el futuro se formalicen en el sector público estatal se ajustarán, en materia de indemnizaciones por cese o extinción del contrato de trabajo, a los criterios que para el ámbito respectivo se establecen en el presente Acuerdo:

Primero.-1. Administración General del Estado, Organismos autónomos de ella dependientes y Entidades...

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