Acuerdo entre la Organización Mundial del Turismo y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo del Reino de España, para el desarrollo de los ODS, reto demográfico y turismo rural, hecho en Madrid el 16 de diciembre de 2020.

MarginalBOE-A-2021-2455
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

Acuerdo entre la Organización Mundial del Turismo y el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo del Reino de España para el desarrollo de los ODS, reto demográfico y turismo rural

REUNIDOS

De una parte, doña María Reyes Maroto Illera, Ministra de Industria, Comercio y Turismo del Reino de España (en adelante el Ministerio), nombrada como tal por Real Decreto 8/2020, de 12 de enero, por el que se nombran Ministros del Gobierno.

De otra parte, don Zurab Pololikashvili, Secretario General de la Organización Mundial del Turismo (en adelante OMT), designado como tal durante el período 2018-2021 por la resolución 683(XXII) de la 22.ª Asamblea General.

EXPONEN

Que, de acuerdo con el artículo 3 de los Estatutos de la OMT es importante promover y desarrollar el turismo con vistas a contribuir al desarrollo económico, la comprensión internacional, la paz, la prosperidad y el respeto universal, y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales, sin distinción de raza, sexo, lengua o religión.

Que, para alcanzar este objetivo, es necesario dotar a la OMT de medios suplementarios que le permitan reforzar la ejecución de su programa y mejorar la cooperación técnica con los Estados Miembros de la comunidad internacional, para los que el desarrollo y promoción del turismo representa uno de los instrumentos esenciales de la lucha por el progreso económico y social.

Que el artículo 33 del Convenio de sede entre el Reino de España y la OMT, hecho en Madrid el 25 de junio de 2015 (BOE de 31 de julio de 2015), contempla la cooperación del Gobierno español con la OMT, y se reconoce expresamente que esta debe darse a través de un acuerdo especial con el fin de que puedan alcanzarse sus objetivos de la manera más eficaz o menos onerosa posible, habida cuenta de la experiencia y de la competencia de España en materia de turismo.

Que el Reino de España se ha propuesto impulsar la reactivación de la industria turística basando su recuperación en los ODS de las Naciones Unidas, como lo pone de relieve en sus Directrices Estratégicas de Turismo 2030, que ven en esta actividad un elemento fundamental para la lucha contra la pobreza, la desigualdad y el cambio climático, entre otros.

Que el Reino de España viene trabajando junto con la OMT en programas de apoyo a los ODS como se evidencia en su programa ONE Planet, la eliminación de la brecha digital o la cooperación para hacer frente al reto demográfico y el desarrollo de la sociedad rural.

Que al mismo tiempo el Gobierno de España trabaja activamente en la reconstrucción de la actividad turística tras la crisis sanitaria, impulsando un nuevo modelo de desarrollo basado en la economía circular, el crecimiento verde, la inclusión y la lucha contra el cambio climático, todo ello con el convencimiento de que el turismo puede y debe impulsar decididamente la consecución de los ODS de la Agenda 2030 y el modelo español puede servir de ejemplo a la reconstrucción del turismo mundial.

En virtud de lo expuesto, la OMT y el Ministerio de Industria Comercio y Turismo convienen en firmar el presente Acuerdo con las siguientes estipulaciones:

Primera. Objetivo.

  1.  El objetivo del presente acuerdo es prestar asesoramiento al Secretario General y desarrollar fundamentalmente los cometidos siguientes:

    a. Reforzar la imagen de la OMT en el sector turístico español.

    b. Asesorar al Secretario General en temas relacionados con la implementación y desarrollo de la Agenda 2030 y los ODS en relación con la transformación de la actividad turística tras la crisis provocada por la COVID-19.

    c. Asesorar al Secretario General en temas relacionados con el reto demográfico y el desarrollo del turismo rural.

    d. Seguimiento de la evolución y tendencias de la actividad turística mundial, así como de los casos de éxito en la transformación de la actividad turística.

    e. Favorecer el intercambio de información, ideas y experiencias entre diferentes ramas de la actividad turística

  2.  Las acciones bajo el presente Acuerdo se llevarán a cabo bajo la autoridad del Secretario General de la OMT, para lo cual contará con el asesoramiento de un funcionario español (en adelante, el «Experto»).

    Segunda. Obligaciones del ministerio.

  3.  El Ministerio costeará los gastos de funcionamiento de las acciones establecidas en la disposición Primera con una aportación de 150.000 € anuales con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.491, y abonará en virtud del presente Acuerdo esa cantidad neta de impuestos a la firma del mismo. El presupuesto para llevar a cabo las acciones descritas en la Disposición Primera, que incluye un 10% de Costes de Apoyo, se adjunta como Anexo II al Acuerdo y constituye una parte integral del mismo. La OMT emitirá una factura por el importe total del Acuerdo exento de cualquier impuesto directo o indirecto.

  4.  El Ministerio ha designado a doña Isabel María Oliver Sagreras como Experta, previa consulta con el Secretario General, bajo las condiciones de este Acuerdo y del contrato que figura como Anexo I, el cual constituye parte integral del presente Acuerdo.

  5.  La cuantía indicada en el párrafo 1 estará destinada expresamente a costear los gastos relacionados con el desarrollo de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR