Orden ECC/895/2013, de 21 de mayo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de mayo de 2013, por el que se crea una Comisión de expertos en materia de gobierno corporativo.

MarginalBOE-A-2013-5429
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economía y Competitividad
Rango de LeyOrden

El Consejo de Ministros, en su reunión de 10 de mayo de 2013, ha aprobado el Acuerdo por el que se crea una Comisión de expertos en materia de gobierno corporativo.

Estimando de interés la difusión de dicho Acuerdo, para general conocimiento se dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo de esta orden.

Madrid, 21 de mayo de 2013.–El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.

ANEXO. Acuerdo por el que se crea una Comisión de expertos en materia de gobierno corporativo

Uno de los objetivos del Plan Nacional de Reformas 2013 es ampliar el actual marco del Buen Gobierno Corporativo en España, con la finalidad de mejorar la eficacia y responsabilidad en la gestión de las sociedades españolas y, al tiempo, situar los estándares nacionales al más alto nivel de cumplimiento comparado de los criterios y principios internacionales de Buen Gobierno.

Con este objetivo, se crea una Comisión de Expertos que en el plazo máximo de cuatro meses deberá remitir al Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Competitividad, un estudio en el que se analice el marco actual existente en España y se propongan cuantas medidas permitan mejorarlo, valorando, en particular, la potenciación del papel de las Juntas de accionistas en el control de las políticas de retribución de los órganos de gestión y alta dirección de la sociedad, la posibilidad de elaborar un Código de Buenas Prácticas para las sociedades no cotizadas.

También se analizarán las medidas a adoptar para que la función de los administradores tenga por finalidad el incremento del valor de la compañía y la adecuada retribución del accionista, prestando especial atención al régimen de retribuciones, supeditadas al logro de este objetivo, a la responsabilidad derivada de sus actuaciones y al establecimiento de reglas claras respecto a los mecanismos que pueden permitir a los administradores y otros agentes influir en las juntas de socios, evitando los conflictos de interés y amparando las legítimas expectativas de los socios minoritarios. Asimismo, se propondrán iniciativas destinadas a que la información suministrada en todo momento por los administradores a los socios y a los mercados sea veraz y comprensible.

Los resultados del citado estudio orientarán las reformas normativas y la implementación del resto de iniciativas, entre ellas, la revisión y, en su caso, elaboración...

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