Acuerdo Junta Propietarios prohibicion arrendamientos turísticos y cuota complementaria

AutorDaniel Loscertales Fuertes
Páginas495-497
495Arrendamientos Urbanos
Acuerdo Junta Propietarios
prohibición arrendamientos turísticos
y cuota complementaria
Nota: La convocatoria debe hacerse de la forma y plazos que determina el art.
16 de la LPH, tanto si es ordinaria como extraordinario, aconsejándose que, en
todo caso, se coloque un ejemplar en el Tablón de Anuncios.
* * *
En (ciudad) siendo las (hora y fecha) , se celebra esta Junta (ordinaria o
extraordinaria) para tratar del Orden del Día Previsto, con asistencia de los
propietarios que a continuación se indica, con el coeficiente de propiedad de
cada uno.
Relación de asistentes y representados y coeficientes:
El Orden del día previsto es:
PROHIBICION ARRENDAMIENTOS TURISTICOS EN LA
COMUNIDAD
Teniendo en cuenta lo que dispone el art. 17.12 de la Ley de Propiedad
Horizontal, se discute sobre la posibilidad de evitar este tipo de arrendamien-
tos, ya que normalmente supone un menoscabo en la convivencia, un uso des-

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