Acuerdo de 5 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Oviedo, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Interno del Departamento de Ciencias de la Educación.
Sección | Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Acuerdo |
ÍNDICE
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El Departamento de Ciencias de la Educación es la unidad de docencia e investigación encargada de coordinar las enseñanzas de las ocho áreas de conocimiento que tiene adscritas, en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la Universidad, así como de apoyar e impulsar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado.
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El Departamento de Ciencias de la Educación se regirá por Ley Orgánica de Universidades, sus normas de desarrollo, los Estatutos de la Universidad de Oviedo, por el Reglamento Marco y demás normas que sean de aplicación.
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El Departamento de Ciencias de la Educación tiene su sede en el Campus de Llamaquique, en el edificio Norte de la Facultad de Formación del Profesorado y Educación, sito en la calle Aniceto Sela, s/n, 33005-Oviedo.
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El Departamento de Ciencias de la Educación dispondrá de los medios personales y materiales que ponga a su disposición la Universidad para el cumplimiento de sus funciones, así como de los que se vaya dotando a través de los diferentes proyectos a los que sus miembros y equipos de investigación accedan.
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Son miembros del Departamento de Ciencias de la Educación el personal docente e investigador (PDI) funcionario y contratado, el personal investigador en formación (PIF) que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 161 de los Estatutos de la Universidad de Oviedo y el personal de administración y servicios (PAS) que esté adscrito al Departamento, así como el estudiantado matriculado en las asignaturas de las titulaciones de grado, máster o doctorado que imparta.
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Corresponde al Consejo de Gobierno autorizar la adscripción del personal docente e investigador al Departamento, en atención a la pertenencia al área o áreas de conocimiento que lo integran. En la actualidad son las ocho siguientes:
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Didáctica de las Ciencias Experimentales.
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Didáctica de las Ciencias Sociales.
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Didáctica de la Expresión Corporal.
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Didáctica de la Expresión Plástica.
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Didáctica de la Lengua y la Literatura.
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Didáctica y Organización Escolar.
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Métodos de Investigación y Diagnóstico en Educación.
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Teoría e Historia de la Educación.
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También formarán parte del Departamento el profesorado proveniente de otros Departamentos, cuya adscripción haya sido autorizada por el Consejo de Gobierno, a petición del Departamento y previo informe del de origen.
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Las funciones básicas del Departamento son las atribuidas por la Ley Orgánica de Universidades, sus normas de desarrollo, los Estatutos de la Universidad, el presente Reglamento y demás disposiciones de aplicación.
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Sin perjuicio de lo anterior, corresponde al Departamento:
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Programar, organizar, desarrollar y coordinar la docencia de cada curso académico, respecto de las enseñanzas propias del área o áreas de conocimiento de su competencia, de acuerdo con los planes de estudio y las necesidades del centro o centros en los que se impartan, sin perjuicio de las competencias que a éstos correspondan.
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Participar en la elaboración de los planes de estudio, en los procesos de evaluación y mejora, y en los planes de organización docente que incluyan materias o asignaturas de su competencia.
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Asignar al profesorado la docencia de las asignaturas dentro de su área de conocimiento, de acuerdo con los criterios que establezca el Consejo de Gobierno.
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Organizar y desarrollar, en los términos que se determinen reglamentariamente, estudios de máster y doctorado, así como coordinar la elaboración y dirección de tesis doctorales.
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Organizar y desarrollar cursos de especialización, perfeccionamiento y actualización de conocimientos científicos o técnicos de quienes egresen de las titulaciones universitarias, en los términos que reglamentariamente se establezcan.
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Organizar, impulsar y desarrollar la investigación relativa al área o áreas de conocimiento de su competencia.
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Colaborar en los programas de formación del profesorado de los niveles no universitarios, impulsando su renovación científica y pedagógica.
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Emitir informe sobre modificaciones que le afecte en la relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador, así como sobre las necesidades de contratación del mismo.
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Proponer o, en su caso, informar la contratación de profesorado visitante y el nombramiento de profesorado emérito, emérito honorífico, honorario.
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Colaborar en la organización y desarrollo de cursos de formación permanente y actividades de extensión universitaria en el marco de la programación general establecida por los órganos competentes de la Universidad.
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Impulsar la renovación científica, técnica, artística y pedagógica de sus miembros.
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Participar en los procedimientos de evaluación de la calidad de las actividades del personal que desarrolle sus funciones y tareas en el Departamento y en los procedimientos de certificación y acreditación que afecten a tales actividades.
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Gestionar los recursos materiales y personales que se le asigne para el cumplimiento de sus funciones.
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Promover la transferencia de los resultados de la investigación y la difusión libre del conocimiento.
ñ) Elaborar su Reglamento de Régimen Interno, de acuerdo con los Estatutos de la Universidad.
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La creación de las Secciones Departamentales se ajustará a lo establecido al respecto en el Reglamento Marco de los Departamentos de la Universidad de Oviedo.
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El Departamento de Ciencias de la Educación actuará, para el cumplimiento de sus fines, a través de sus órganos, colegiados y unipersonales, de gobierno, representación, dirección, asistencia y gestión.
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El gobierno del Departamento corresponde a su Consejo y a la Dirección.
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El Consejo de Departamento podrá actuar en Pleno y en las siguientes Comisiones: Comisión Permanente, Comisión de Docencia y Comisión de Investigación. También, por...
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