DECRETO 75/2000, de 18 de abril, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, actuando como beneficiario a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el 'Proyecto Constructivo del Interruptor Udondo-Erandio'.

Sección1 - Disposiciones Normativas
EmisorOrdenacion del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 75/2000, de 18 de abril, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, actuando como beneficiario a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el "Proyecto Constructivo del Interruptor Udondo-Erandio".

Por acuerdo del Comité Directivo del Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, de 8 de febrero de 1999, se sometieron inicialmente a información pública, a efectos de expropiación forzosa, los bienes y derechos afectados por el "Proyecto Constructivo del Interceptor Udondo-Erandio", acordándose posteriormente, en sesión celebrada el 29 de diciembre de 1999, solicitar ante el Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública presentándose algunos escritos de alegaciones que fueron resueltos en la forma que consta en el expediente administrativo.

Los Servicios Técnicos del Departamento de ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente han informado favorablemente sobre la correspondencia entre los usos de los terrenos propuestos y la legislación urbanística vigente.

Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes causas:

En la actualidad la totalidad de las aguas residuales industriales y domésticas del municipio de Erandio se vierten a los cauces públicos sin ningún o con un mínimo tratamiento; Como consecuencia de todo ello las aguas receptoras se encuentran altamente contaminadas.

La contaminación es fundamentalmente de dos tipos: orgánica, cuya consecuencia es reducir el contenido en oxígeno disuelto y bacteriológica, que se deja sentir especialmente en las playas de la comarca con el consiguiente riesgo sanitario.

El vertido de aguas residuales...

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