Las actuaciones en el ámbito europeo

AutorRosa Mª Satorras Fioretti
Cargo del AutorProfesora titular de Derecho Eclesiástico del Estado, Universidad de Barcelona
Páginas85-128

Page 85

1. El libro verde: el enfoque Europeo
1.1. Los pasos previos

Ya en el año 2000, la Comisión Europea redacta un «Libro Blanco» de la Responsabilidad Ambiental118, que introduce cauces para modular el comportamiento ecológico de las empresas, a la vez que establece obligaciones y responsabilidades para el que contamina o no respeta el entorno119. La visión que subyace en este texto es la de que «quien con-Page 86tamina, paga», apostando por un principio de responsabilidad ambiental objetiva, que se verá agravado en el caso de que la conducta se pueda considerar como culpable (entendida como conocedora del alcance de las consecuencias ambientales de los propios actos).

Algo después, la propia Comisión Europea adoptó la Resolución de 30 de mayo de 2000120, relativa al reconocimiento, la medición y la publicación de las cuestiones medioambientales en las cuentas anuales y los informes anuales de las empresas, norma que, aún no siendo "de obligado cumplimiento, establece que los Estados miembros deben adoptar medidas para promover y garantizar que las empresas aplican desde el año 2002 las recomendaciones contenidas"121. Es en este contexto en el que la Unión Europea se estaba moviendo en el momento en que se redacta el documento del que a continuación vamos a hablar.

1.2. El Libro Verde

La Comisión Europea elaboró en 2001 un «Libro Verde» sobre el fomento de un marco europeo para la responsabilidad social de las empresas122, por medio del que se crea un foro de debate para estudiar el modo de incentivar el desarrollo de la responsabilidad social, tanto en las empresas europeas como en las internacionales, aumentando la transparencia y la calidad informativas de las sociedades y mejorando suPage 87 contribución al desarrollo sostenible123. Su objeto es "iniciar un amplio debate sobre cómo podría fomentar la Unión Europea la responsabilidad social de las empresas a nivel europeo e internacional, en particular sobre cómo aprovechar al máximo las experiencias existentes, fomentar el desarrollo de prácticas innovadoras, aumentar la transparencia e incrementar la fiabilidad de la evaluación y la validación. Propone un enfoque basado en asociaciones más profundas en las que todos los agentes desempeñen un papel activo"124. Aunque en un principio iría más dirigido hacia el comportamiento social responsable de las grandes empresas, no por ello olvida decir que todo tipo de corporaciones, públicas y privadas, incluyendo las PYMES y las cooperativas exigen de idéntica ética empresarial, porque el desarrollo sostenible afecta a todos por igual, a los que más pueden hacer por él y a los que sólo podrán trabajar en ámbitos pequeños, pero no por ello menos importantes.

La idea de fondo es que desde el momento en que las empresas incorporan la RSC a sus objetivos y valores cooperan en la consecución de un modelo general de economía más sostenible, social y medioambientalmente; se dieron cuenta de que no es suficiente con que los Estados se impliquen si no logran comprometer a las empresas que actúan tanto dentro como fuera de ellos. En realidad, de poco serviría la voluntad política si no hay auténtico convencimiento por parte de los operadores económicos, dada la facilidad que existe de contravenir las normas cambiando el domicilio social hacia Estados menos sensibles en este sentido.

Pero que el Libro Verde sea el paradigma del que siempre se parte para hablar de RSC en Europa no debe hacernos olvidar que no surgePage 88 de la nada, sino que se enmarca dentro de una tendencia más amplia y ambiciosa que había comenzado algo antes, con la formulación del objetivo estratégico de la Unión Europea fijado en la Declaración Final del Consejo Europeo de Lisboa en marzo de 2000125, que se concretaba en «convertir la Unión Europea en 2010 en la economía del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejor ocupación y con mayor cohesión social». En este sentido, como nos explican LOZANO et al., "la clave de la cuestión reside en esa voluntad de compaginar competitividad, crecimiento económico, sostenibilidad y cohesión social"126

Ya al inicio del Libro Verde, se dice que "al afirmar su responsabilidad social y asumir voluntariamente compromisos que van más allá de las obligaciones reglamentarias y convencionales, que deberían cumplir en cualquier caso, las empresas intentan elevar los niveles de desarrollo social, protección medioambietal y respeto de los derechos humanos y adoptan un modo de gobernanza abierto que reconcilia intereses de diversos agentes en un enfoque global de calidad y viabilidad. Si bien reconoce la importancia de todos estos aspectos, el presente documento se centra, principalmente, en las responsabilidades de las empresas en el ámbito social. Esta actuación da lugar a la creación de nuevas asociaciones y esferas novedosas para las relaciones existentes en la empresa, con respecto al diálogo social, la adquisición de cualificaciones, la igualdad de oportunidades, la previsión y la gestión del cambio; a nivel local o nacional, con respecto al refuerzo de la cohesión económica y social y la protección de la salud; y de manera general, a escala mundial,Page 89 respecto a la protección del medio ambiente y el respeto de los derechos fundamentales."127.

El enfoque europeo, tal como el propio Libro Verde explica128, aporta valores añadidos a las acciones preexistentes, al completarlas estableciendo un marco global europeo promotor de la calidad y la coherencia de las prácticas en materia de RSE, mediante la elaboración de principios, enfoques e instrumentos generales y el fomento de prácticas correctas e ideas innovadoras. Se apoyan los planteamientos de buenas prácticas en cuanto a la evaluación de la rentabilidad y la verificación independiente de las actuaciones socialmente responsables de las empresas, garantizando así su eficacia y credibilidad en un marco global supranacional.

Me parece de especial interés, en el comentado establecimiento del marco global, la realización de todo un apartado del Libro centrado -precisamente- en la definición unitaria de lo que se debe entender por RSC, así como de lo que implica la pretensión y el compromiso voluntario por parte del empresario de atribuirse la calificación de entidad socialmente responsable. En este sentido, clarifica y define cuestiones como las siguientes:

1.3. Responsabilidad social de las empresas

La responsabilidad social de las empresas se entiende como "la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores"129. Esta definición podría parecernos actualmente baladí, pues ya se ha acuñado el concepto de RSE, pero pensemos en el momento en el que se redacta, en el que cada cual dabaPage 90 un significado ajustado a su particular manera de entender el término. De hecho, si hoy tenemos claro lo que es la RSC en Europa es en buena parte gracias a las delimitaciones tan acertadas y apropiadas que en su tiempo hizo este documento.

1.4. Entidad socialmente responsable

"Ser socialmente responsable no significa solamente cumplir plenamente las obligaciones jurídicas, sino también ir más allá de su cumplimiento invirtiendo «más» en el capital humano, el entorno y las relaciones con los interlocutores. La experiencia adquirida con la inversión en tecnologías y prácticas comerciales respetuosas del medio ambiente sugiere que ir más allá del cumplimiento de la legislación puede aumentar la competitividad de las empresas. La aplicación de normas más estrictas que los requisitos de la legislación del ámbito social, por ejemplo en materia de formación, condiciones laborales o relaciones entre la dirección y los trabajadores, puede tener también un impacto directo en la productividad. Abre una vía para administrar el cambio y conciliar el desarrollo social con el aumento de la competitividad"130.

Es decir, que no basta con el correcto cumplimiento de las obligaciones y el respeto de los derechos, pues esto nos llevaría a ser simplemente «legales», sino que para ser socialmente responsables hay que tener una preocupación, predisposición y, lo que es más importante, acción directa en alguno o en diversos compromisos socio-ambientales que nos fijemos. Se trata de incorporar un plus a la diligencia legalmente exigible, que nos conduzca a actuaciones voluntarias en pro de la mejora del entorno que nos rodea. Eso sí, no se pretende caer en el error de exigir que esos comportamientos sean -necesariamente- filantrópicos, porque, qué duda cabe de que en elPage 91 fondo se están rentabilizando al añadir capital social a los intangibles de la empresa.

1.5. Responsabilidad de los Estados

"La responsabilidad social de las empresas no se debe considerar sustitutiva de la reglamentación o legislación sobre derechos sociales o normas medioambientales, ni permite tampoco soslayar la...

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