STSJ Cataluña , 6 de Julio de 2000

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2000:9241
Número de Recurso1715/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 1715/96 Partes: R.R. FISCAL, S.L. C/ AYUNTAMIENTO DE SABADELL SENTENCIA N°800 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª PILAR GALINDO MORELL En la ciudad de Barcelona, a seis de julio de dos mí].

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1715/96, interpuesto por R.R.FISCAL, S.L., representada y dirigida por el letrado D. RICART ROYO I MANENT, contra EL AYUNTAMIENTO DE SABADELL, representado por el Procurador D. ANGEL QUEMADA RUIZ y dirigido por el letrado D. CARLOS FERNANDEZ.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el letrado citado, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el acto que expresa en el escrito de interposición del recurso, consistente en la resolución de fecha 10-6-96 sobre aplicación de determinados beneficios fiscales en el IAE.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de fecha 26 de mayo de 1.999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación. Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que tuvo lugar el 3 de julio del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se somete a revisión jurisdiccional en el presente recurso contencioso administrativo la conformidad a Derecho de la resolución del primer teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Sabadell de 10 junio de 1996, desestimatoria del recurso ordinario deducido por la entidad recurrente contra la liquidación del Impuesto de Actividades Económicas, ejercicio 1994 y por una cuantía de 303.224 pesetas.

SEGUNDO

El artículo 83.3 de la Ley de Haciendas Locales, en su redacción dada por el artículo 8.1.4 de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, de reforma del régimen jurídico de la función pública y de la protección por desempleo , dispone lo...

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