Acta notarial de terminación de obra. Certificado técnico. Motivación insuficiente de la calificación

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: La calificación registral tiene que estar suficientemente motivada y no puede hacerse en el Informe, porque ello provoca indefensión al recurrente.

Hechos: En una Acta de Declaración de Obra Nueva Terminada el técnico certifica que “..la edificación reseñada ha quedado terminada de conformidad con el proyecto objeto de licencia y la documentación técnica que lo complementa,..”.

La registradora suspende la inscripción porque «no se cumplen los requisitos establecidos en la Ley en la certificación expedida por el arquitecto». Y en su informe especifica que lo que debería reflejarse en el certificado «es que la obra se ha terminado con arreglo al proyecto para el que se concedió licencia (…)».

La notaria autorizante recurre argumentando que se ha cumplido íntegramente la legislación aplicable y que, a su juicio, la calificación impugnada carece de motivación jurídica alguna.

La DGRN estima el recurso.

Doctrina: La calificación registral tiene que estar suficientemente motivada y no producirse posteriormente en el Informe, pues ello provoca...

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